Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 30 de Agosto de 2022, expediente CCF 009065/2022/CA001

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 9065/2022

O, D. L. c/ OSDE s/SUMARISIMO DE SALUD

Buenos Aires, 30 de agosto de 2022.

Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto –y fundado- por la demandada el día 14.07.22, contestado por la actora el día 3.08.22, contra la resolución del día 12.07.22; y CONSIDERANDO:

  1. En la resolución impugnada, el juez de la anterior instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada por D. L. O. y ordenó a OSDE

    Organización de Servicios Directos Empresarios que otorgue la cobertura de la provisión del 100% de una microinfusora de insulina con bolo inteligente y medición continua de glucosa en tiempo real, con alarma y corte predictivo de suministro de insulina ante hipoglucemia y basal automática MINIMED

    780g, marca MEDTRONIC, con más todos los insumos que fueren necesarios para el adecuado uso y funcionamiento del sistema.

    Contra esta decisión se alza la emplazada. En prieta síntesis, la apelante destacó el carácter innovativo de la medida, así como el mayor cuidado que debe seguirse en el análisis de los requisitos para la admisión de tales supuestos. Negó que en el caso se encuentre satisfecho el requisito de la verosimilitud del derecho, alegando que la cobertura reclamada no se encuentra prevista en el Programa Médico Obligatorio -en adelante, PMO-,

    ni en la Ley N° 23.753, por lo que su conducta no puede ser considerada arbitraria o manifiestamente ilegal. Añadió que el decreto reglamentario de esa norma contiene previsiones dirigidas a distintas jurisdicciones, lo que no la alcanza por no tener esa calidad, sino que se trata de un agente del seguro de salud. Resaltó que se ha fijado un porcentaje de cobertura para otros medicamentos e insumos, pero que no se hizo lo mismo con relación al sensor reclamado en autos, que tampoco fue incluido en la reciente modificación del programa médico obligatorio. Alegó que la obligación impuesta podría generar una inseguridad jurídica incompatible con el estado Fecha de firma: 30/08/2022

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    de derecho, refiriéndose al alcance de los compromisos que deben asumir entidades como ella y el Estado Nacional en la atención de la salud.

    C., también, que en el caso exista peligro en la demora, pues,

    sostiene que la afiliada cuenta con el método convencional para el control de su diabetes, de acuerdo con...

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