Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 30 de Marzo de 2017, expediente CSS 070597/2016/CA001
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2017 |
Emisor | Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1MFA Expte nº: 70597/2016 Autos: “ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. c/
MINISTERIO DE TRABAJO EMP. Y SEGURIDAD SCIAL s/IMPUGNACION DE DEUDA”
SALA I Sentencia Definitiva del Expte. Nº 70597/2016 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:
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Llegan las presentes actuaciones a esta Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Resolución n° 27558 de la Dirección Nacional de Fiscalización del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que desestima el recurso de impugnación administrativa interpuesto contra el acto administrativo dictado en el expediente Nº 7-5179667/13.
Oportunamente se le hizo saber a la empresa que la resolución en cuestión agotaba la instancia administrativa y que aquella podía ser recurrida por la vía prevista en el art. 10 inc. b) de la Resolución MTEySS n° 655/05 modificada por su similar n°
611/10.
A fs. 66 obra la boleta que acredita el pago del depósito previo, a los fines de la apertura de la instancia judicial, de todo lo cual se informa elevándose las actuaciones a esta Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social, para su intervención.
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La parte actora se agravia sobre la imputación del fraudulento vínculo comercial habido con la COOPERATIVA DE TRANSPORTE ALIANZA EMPRESARIA LIMITADA, la cual se indica actuaba como una intermediaria proveyéndole personal a terceros y de pretender que el empleado relevado, trabaja para la empresa.
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Conforme se desprende de autos, la causa se inicia como consecuencia de un relevamiento de personal llevado a cabo por inspectores del MTEySS en el cual se detecta el incumplimiento a la debida registración del alta (Solicitud de Clave de Alta Temprana), respecto al supuesto trabajador que se encuentra enumerado en el Acta de Comprobación obrante a fs. 4/6.
De los datos que se consignan en las presentes actuaciones, el trabajador declaro efectuar tareas para la requerida (reparto de paquetería), conforme los datos consignados con días y horarios de trabajo y, fecha de ingreso.
Al respecto, tiene dicho este Tribunal que, comparte el criterio del valor probatorio de las manifestaciones espontáneas y sorpresivas efectuadas por los Fecha de firma: 30/03/2017 Firmado por: B.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M.D.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: VICTORIA PEREZ TOGNOLA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.L., SECRETARIA DE CAMARA #28838072#174408774#20170320163552351...
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