Ordenanza Nro. 9701 - ORDENANZA Nº 9701-2022

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2022

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Electrónico EE-18889-2022, caratulado “DIRECCIÓN DE VIVIENDA, REF. / PROYECTO DE ORDENANZA -MEJORO MI CASA-”.

CONSIDERANDO:

Que, el Municipio a través de su Intendente celebró con el I.P.V. un convenio de adhesión en fecha 02/09/2021, por el que el Municipio adhirió a los postulados y objetivos del “Programa Mejoro mi Casa”, Programa Provincial de Mejoramiento de Viviendas creado por la Resolución Nº 827/2021 de I.P.V. y sus anexos.

Que, por dicho convenio el Municipio asumió el compromiso ineludible de:

  • Dictar las normas necesarias para su plena implementación.
  • Eximir a los proyectos enmarcados en el Programa Mejoro Mi Casa, del pago de aforos, tasas y sellados que por cualquier concepto estén previstos o se prevean en el futuro.
  • Abstenerse de solicitar o exigir la ejecución de obras complementarias.
  • Abstenerse de solicitar o exigir el cumplimiento de requisitos que de cualquier modo obstaculicen, dificulten o impidan el normal desarrollo de las obras y la obtención de los certificados finales.
  • Aprobar toda documentación técnica de los proyectos enmarcados en el presente programa.
  • Garantizar la adhesión de los postulantes al presente programa.

Que, siendo necesario dictar una ordenanza que permita la correcta implementación del Programa, permitiendo a los vecinos de Guaymallén que pudieran estar abarcados por el mismo, verse alcanzados por sus beneficios.

Que, el dictado de la presente ordenanza permitirá la correcta aplicación y ejecución de la Resolución Nº 827/2021 del I.P.V. al cual el Municipio ha adherido evitando dilaciones innecesarias y afectando para su total ejecución a la D.V.M. (Dirección de Vivienda Municipal).

Que, llegado el caso a tratamiento de este Honorable Cuerpo sus miembros estiman procedente hacer lugar a la petición realizada, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Facultar al Departamento Ejecutivo para que por intermedio de la Dirección de Vivienda Municipal (D.V.M.) ponga en ejecución el Programa Mejoro mi Casa en todas sus etapas.

Artículo 2º

La Dirección De Vivienda Municipal tendrá las siguientes facultades:

a.- Priorizar la demanda, evaluar y priorizar los proyectos otorgándoles la aptitud social, legal y técnica, analizando el déficit habitacional de la...

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