Ordenanza Nro. 9277

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2021

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 12927-E-2016 y NE-4736-2021, caratulado “Emmer Luciano, Ref. / Donación de terreno sin cargo”.

CONSIDERANDO:

Que, a través de la referida pieza administrativa a fs. 43 de autos, Escribanía Municipal solicita que se incluya en la Ordenanza Registrada bajo el Nº 8826/2019, la donación del usufructo ofrecida por la Señora María Laura, Priori a fs. 18 del Expediente N° 12927-E-2016.

Que, en la actual instancia llega nuevamente el caso a tratamiento de este Honorable Cuerpo Deliberativo, habida cuenta que en la referida nota electrónica se solicita que se acepte la donación del usufructo, motivo por el cual los miembros del Cuerpo resuelven en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 8826/19, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 1º: Acéptese la Donación Sin Cargo y del Usufructo ofrecido a fojas 18 del Expediente N° 12927-E-2016, por la Señora María Laura Priori, D.N.I N° 39.799.781 y el señor Priori José Matías, D.N.I. N°37.521.634; consistente en la cesión de una fracción de terreno de su propiedad afectada a ensanche de calle Las Cañas, del Distrito homónimo, registrada bajo el Padrón Municipal N° 84.474, cuya...

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