Ordenanza Nro. 9134 - ORDENANZA Nº 9134-20 EXPTE. Nº 5547-F-20

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2020

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 5547-F-2020, caratulado “FERNANDEZ FRANCISCO GABRIEL Ref. /Reveer Factibilidad”, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Expediente Nº 5547-F-2020, el Señor Fernández Francisco Gabriel, DNI Nº 24.970.206, y la Señora Fernández Ruzo Luciana, DNI Nº 40.596.390 solicitan a fojas 01 de autos, se les conceda el beneficio de Excepción a las normativas vigentes del CEOT, por no cumplir con retiros laterales y posteriores, establecidos en la Ordenanza Nº 3780/94, respecto del inmueble ubicado en calle Godoy Cruz Nº 2211, Distrito Nueva Ciudad, individualizado bajo Padrón Municipal Nº 81.874.

Que, en la actual instancia llegado el caso a tratamiento del Cuerpo y luego de evaluar los estudios y consideraciones del proyecto, los miembros de este Honorable Concejo Deliberante concluyen en que resulta viable expedirse favorablemente respecto al otorgamiento de la Factibilidad, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Exceptúese de las previsiones establecidas en el Código de Edificación y Ordenamiento Territorial (CEOT), por retiros laterales y posteriores de 3 metros establecidos en la Ordenanza Nº 3780/94, al Señor Fernández Francisco Gabriel, DNI Nº 24.970.206, y la Señora Fernández Ruzo Luciana, DNI Nº 40.596.390; otorgándose en consecuencia Factibilidad, respecto del inmueble ubicado en calle Godoy Cruz Nº 2211, Distrito Nueva Ciudad, individualizado bajo Padrón Municipal Nº...

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