Ordenanza Nro. 9045 - ORDENANZA N° 9045-20 EXPTE. N° 9019-DR-2018

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2020

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 9019-DR-2018, caratulado “DIRECCION DE RENTAS Ref. /Club Guaymallén por Condonación de Deuda”, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la presente pieza administrativa el Señor Berbel, David en carácter de Presidente del Club Deportivo y Social Guaymallén y la Señora Orellano, Florencia M., en su carácter de Pro-secretaria, solicitan, de fojas 03/05, la Condonación de la deuda que en concepto de Tasas Retributivas por Servicios a la Propiedad Raíz, pesan sobre tres inmuebles propiedad del Club.

Que, a fojas 24 Dirección de Rentas informa que solo se registra una deuda en el Padrón Municipal Nº 32108, por un saldo de facilidad de pavimento.

Que, en la actual instancia, llegado el caso a tratamiento de este Cuerpo Deliberativo, y evaluado el caso en particular, sus miembros estiman factible conceder a los peticionantes el beneficio pretendido.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Condónese la deuda –al Club Deportivo y Social Guaymallén- que pesa sobre el Padrón Municipal registrado bajo Nº 32.108, en concepto de Aforos de Pavimentación por tratarse de una...

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