Ordenanza Nro. 8789 - EXPTE. Nº 13484-H-2018 AC.14030-H-74 Y 11797-H-65

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2019

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 13484-H-2018, caratulado Herrera Pedro Cirilo DNI 6.865.309 S./ Relevamiento de Vivienda, y sus Acumulados Expedientes Nº 14030-H-74, y Nº 11797-H-65, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa, el Señor Herrera, Pedro Cirilo D.N.I. Nº 6.865.309; propietario de un predio sito en calle Tito Laciar Nº 746 esq. Silvano Rodríguez, Distrito Villa Nueva, registrado bajo Padrón Municipal Nº 25.348, solicita a fojas 36 del Expediente Nº 13484-H-2018, se le conceda el beneficio de Excepción a las normativas vigentes fijadas por el C.E.O.T., (Código de Edificación y Ordenamiento Territorial), con el fin de poder normalizar la documentación de la obra pretendida.

Que obran en autos suficientes informes técnicos y administrativos de las diferentes áreas del Ejecutivo Municipal, especificando que la zona donde se encuentra el predio, clasifica como Zona Residencial del Área Urbana, en lo relativo al Uso del Suelo, según lo establecido por la Ordenanza Nº 8244/16.

Que en la actual instancia, llegado el caso a tratamiento del Cuerpo, y luego de evaluar los estudios y consideraciones del Proyecto, sus miembros concluyen en que resulta viable expedirse favorablemente respecto al otorgamiento de la Excepción, encomendando al Departamento Ejecutivo no autorice en el futuro la ejecución de obras al peticionante, que no sean declaradas reglamentariamente, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

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