Ordenanza Nro. 8641 - EXPTE. Nº 16583-Q-2017

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2018

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 16583-Q-17, caratulado Quiroga Juan Manuel DNI 34.113.593 y Quiroga Gonzalo David DNI 39.533.026 Ref. / Factibilidad de Comercio – Lubricentro y Lavadero- Ubicado en KM 11 Nº 2177 KM 11 Gllén, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa el Señor Quiroga, Gonzalo David con D.N.I. Nº 39.533.026; solicita a fojas 24 de autos, se le conceda el beneficio de Excepción a las actividades fijadas por el C.E.O.T., (Código de Edificación y Ordenamiento Territorial), para la práctica de Comercio del Rubro Lubricentro y Lavadero.

Que obran en autos suficientes informes técnicos y administrativos de las diferentes áreas del Ejecutivo Municipal, especificando que la zona donde se encuentra el predio, clasifica como Zona Reserva de Crecimiento del Área Complementaria, en lo relativo al Uso del Suelo, de acuerdo a lo citado en la Ordenanza Nº 8244/16, no estando permitida dicha actividad por la Normativa Vigente.

Que en la actual instancia, llegado el caso a tratamiento del Cuerpo, y luego de evaluar los estudios y consideraciones del Proyecto, sus miembros concluyen en que resulta viable expedirse favorablemente respecto al otorgamiento de la respectiva Excepción, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Exceptúase de las previsiones establecidas en el Código de Edificación y Ordenamiento...

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