Ordenanza Nro. 8609 - EXPTE. Nº 7377-A-2018

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2018

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 7377-A-18, caratulado “Albornoz Claudio DNI 18.833.525 y Albornoz Ana María DNI 18.829.956 Ref. / Informe Técnico”, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa, el señor Albornoz Ayarde Claudio con D.N.I. Nº 18.833.525 y a la Señora Albornoz Ayarde, Ana María con D.N.I. Nº 18.829.956, propietarios de un predio sito en calle Starace Nº 9.950, Distrito Los Corralitos, registrado bajo padrón municipal Nº 62.257, solicitan a fojas 01 de autos, se les conceda el beneficio de Excepción a las normativas vigentes fijadas por el C.E.O.T., (Código de Edificación y Ordenamiento Territorial), por la construcción de un Inmueble (Galpón), lo que no está permitido por la normativa vigente.

Que obran en autos suficientes informes técnicos y administrativos de las diferentes áreas del Ejecutivo Municipal, especificando que la zona donde se encuentra el predio, clasifica como Zona Agropecuaria Industrial del Área Rural, en lo relativo al uso del suelo, según lo establecido por la Ordenanza Nº 8244/16, la que impone indicadores urbanos de aplicación para terrenos mayores a 1.000 m2.

Que en la actual instancia, llegado el caso a tratamiento del Cuerpo, y luego de evaluar los estudios y consideraciones del Proyecto, sus miembros concluyen en que resulta viable expedirse favorablemente respecto al otorgamiento de la Excepción, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Exceptuese de las previsiones establecidas en...

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