Ordenanza Nro. 8336 - EXPTE Nº7557-BR-2017-60207

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2017

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales: Evelin G. Pérez, Martín Ignacio Conte, Fabián Forquera, Juan F. Narváez, Daniel Centeno y Estela Baldovino, miembros integrantes del Bloque de la Unión Cívica Radical, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza Nº 16/70, solicita la incineración de documentos sin tener en cuenta las problemáticas de contaminación al medio ambiente que ocasiona dicho acto.

Que, consultado el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, informa que corresponde a la repartición de origen la destrucción total de la documentación que ya haya recibido aprobación del mismo y que se considere innecesaria.

Que, de acuerdo a lo que informa el departamento ejecutivo, la documentación que se proyecta destruir, carece de todo valor histórico, legal o técnico.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFREIDAS POR LA LEY Nº 1079,

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Autorizar a la municipalidad de Guaymallén, a realizar destrucción total, cuando así lo disponga el departamento ejecutivo y, previo inventario, la documentación depositada en el archivo municipal, con sujeción a lo dispuesto por la presente Ordenanza.

Artículo 2º

Se entiende por documentos susceptibles a destruir, los siguientes:

  1. Cuya antigüedad supere los (diez) 10 años: permisos de salida del personal; tarjeta reloj (control de asistencia); libros de asistencia; partes y registros de enfermos; partes diarios y mensuales de asistencia de obreros y choferes; partes y registros de inasistencia; solicitudes y autorizaciones de licencias del personal; autorizaciones de uso de licencias; declaraciones juradas sobre cargas de familias; y notas entre oficinas; copias de emplazamiento y actas levantadas por inspección de obras, comercios e industrias; libros, registros y formularios de análisis clínicos y bromatológicos; libros y registros de libretas de sanidad otorgadas y de asistencia médica municipal; extractos y libros de cuentas corrientes bancarias; cheques oficiales anulados; notas recibidas; copias de decretos; resoluciones; ordenanzas y notas enviadas (excluyéndose las copiadas en digestos, decretarios y libros o registros copiadores bajo cualquier otra documentación); fichas y libros de existencias; talonarios usados de boletas de ingresos por derechos y...

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