Ordenanza Nro. 8257 - 18257-HCD-2016-60204

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2016

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales Martín Ignacio Conte, Evelin Pérez, Estela Baldovino, Juan Narváez, Fabián Forquera y Daniel Centeno, integrantes del Bloque Unión Cívica Radical, y

CONSIDERANDO:

Que, en nuestro país, a nivel legislativo se dictó la Ley de Cupo Femenino (Ley Nº 24.012) que procuró asegurar la presencia de las mujeres en el Congreso de la Nación.

Que, esta modificación en el Código Electoral Nacional permitió cambios notables en la composición de ambas Cámaras, lo que derivó en la sanción de las leyes de vital importancia para asegurar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia de género.

Que, la presencia de mujeres en los cargos legislativos no asegura por sí misma un avance sustancial en la materia de género, sino que sobre todo, requiere de un compromiso en la temática.

Que, como se depende de un informe del Cippec (Análisis Numero 68, Octubre de 2009), en los últimos años se han creado en la región, en el ámbito de los parámetros, diversas Comisiones en temas de género. Las bancas femeninas, que se podrían definir como espacios de concentración interpartidaria han aparecido en las últimas dos décadas en muchos Parlamentos tradicionales denominados por hombres. Aunque existen en grandes diferencias en cuanto a la organización, estructura, funcionamiento e incidencia de las distintas bancas, estas comparten los mismos propósitos:

  1. Fortalecer y consolidar el rol de las mujeres en la política, dado que pese a la equidad formal y legal siguen siendo marginadas.
  2. Promover la legislación en materia de género mejorar las condiciones de vida de las mujeres en los respectivos países. En este contexto, la creación de una banca se basa sobre el reconocimiento de que existen temas que unen a las legisladoras más allá de diferencias ideológicas o partidarias.

Que, en Latinoamérica, la primera fue la Banca Femenina en el Congreso de la Nación de Brasil, creada en 1988, y la más reciente es la Banca de la Mujer del Senado Argentino, que data de 2008. Las bancas femeninas están integradas por Legisladoras Nacionales y, en sistemas políticos con dos Cámaras, normalmente se reúnen Diputados y Senadores.

Que, asimismo, a nivel regional, destacamos los avances del Consenso de Quito, recientemente adoptado por la X Conferencia Regional de Mujer Americana Latina y el Caribe (2007) donde en su apartado Nº 25, se recomienda a los Estados adoptar todas las medidas de acción positivas y los mecanismos necesarios incluidas las reformas legislativas que generalicen la plena participación de las mujeres en cargos públicos y de representación con el fin de alcanza la partida en la institucionalidad estatal y en los ámbitos económicos, social y familiar.

Que, el día 9 de abril de 2008 el Senado de la Nación aprobó por unanimidad la creación en su ámbito de la Comisión Especial Banca de la Mujer, integrada por todas las senadoras Nacionales de todos los partidos políticos con representación de la Honorable Cámara.

Que, dicha comisión fue concebida como un...

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