Ordenanza Nro. 7005 - MODIFICACION ORDENANZA TARIFARIA 2020

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2020

VISTO:

El Expediente Nº 2020-000373/I1-GC, caratulado: DIR. DE RENTAS-MODIFICACIÓN ORDENANZA TARIFARIA 2020; y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones, a través de la Nota Nº I-2020-004726 la Dirección de Rentas solicita se formalice expediente para realizar modificaciones a la Ordenanza Tarifaria 2020.

Que en actuación Nº 4 del presente expediente digital se encuentra el documento con el detalle de los artículos que se requieren modificar.

Que en actuación Nº 5, el Intendente Municipal y la Secretaría de Hacienda solicitan la remisión a este Cuerpo de la solicitud emanada de la Dirección de Rentas sobre la modificación de la Ordenanza Tarifaria.

Que una de las modificaciones solicitadas se refiere al artículo 73 de la Ordenanza Tarifaria, respondiendo a la necesidad de adecuar el precio de estacionamiento medido a la realidad económica actual, en primer lugar, teniendo en cuenta que este programa, establecido en la Ordenanza Nº 6.252/13, es un programa de inclusión social con la finalidad de integrar a personas de escasos recursos no insertadas en el mercado formal de la producción y el trabajo, en el que la mayor parte de la tarifa de estacionamiento medido es el beneficio económico que reciben los beneficiarios del programa. Por lo cual, atendiendo al contexto socio-económico de los últimos años se hace necesario adecuar el valor de esta tarifa, considerando que si bien fue actualizada en 2019 y a partir del mes de Enero del corriente, durante tres años desde Enero de 2016 y hasta Diciembre 2018 mantuvo su valor, provocando que el ingreso percibido por sus titulares quede degradado.

Otro aspecto, es el aumento constante del costo de implementación del programa, entre los que se puede mencionar a modo de ejemplo, el papel utilizado para la confección de las tarjetas de estacionamiento, la impresión de las mismas, sueldos de personal afectado exclusivamente al programa a efectos de su organización y control. Por lo que sugiere se fije la tarifa de Estacionamiento Medido en $20,00 la fracción de media hora.

Que la otra modificación se refiere al artículo 87 por la que se valoriza en pesos argentinos y regirá a partir del 01 de enero de 2020. El Organismo Fiscal, en los casos que crea necesario, tendrá la facultad de redondear, pudiendo ajustar sumándose o restándose hasta $ 5,00, a efectos de facilitar la devolución de cambio, los aforos o determinaciones de Tasas, Derechos o Contribuciones...

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