Ordenanza Nro. 6721 - EXPTE N° 5892-H-2017 CREACIÓN DE PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE ECOLADRILLOS

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2017

VISTO:

El expediente N° 5892-H-17, caratulado: BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA -CONCEJAL SANCHEZ MARCOS - S/CREAR PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE ECOLADRILLOS VOLUNTARIADO LEGISLATIVO; y

CONSIDERANDO:

Que, el presente proyecto se presenta en el marco del Programa de Voluntariado Legislativo 2017, el cual tiene como objetivo principal brindar un espacio de participación ciudadana en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Godoy Cruz, y promover la capacitación de jóvenes en la formulación de proyectos de ley como instrumento de participación, diagramación e implementación de políticas públicas.

Que, los participantes que han contribuido en el presente proyecto son Sofía Gil (DNI 34717951), Romina Natalia Volpe (DNI 31811663), Pablo Hernán Peron (DNI 29834695), Maira Alexandra Lobos Contreras (DNI 41869283) y Estefanía Sánchez (DNI 41644672); quienes estuvieron acompañados técnicamente por la coordinación legislativa de Luciano Suarez (DNI 34699671) y la coordinación general de Leandro Daniel Fruitos (DNI 36876354) y Maria Mercedes Ordoñez (DNI 38888868).

Que, según el Art. 41 de la Constitución Nacional se establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo…”.

Que, la generación de residuos en la actualidad alcanza valores alarmantes que se traducen en consecuencias devastadoras para el medioambiente y para la calidad de vida de las personas.

Que, el estado es el responsable tanto de la gestión de los residuos sólidos urbanos (R.S.U), como así también de crear conciencia en los ciudadanos sobre el destino de los mismos.

Que, todo residuo generado de alguna u otra forma puede ser reducido, reutilizado o reciclado; debiéndose dejar de considerar un “desecho” por su potencial revalorización.

Que, el desarrollo del “Ecoladrillo” es una técnica utilizada en varias provincias de la República Argentina, y tiene como fin reducir los volúmenes de residuos sólidos urbanos, utilizándolos para construir obras y elementos funcionales a las necesidades de la población, siendo materiales limpios y livianos para su transporte.

Que, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación sostiene que la Provincia de Mendoza cuenta tan solo, con un porcentaje comprendido entre un 20% a un 40%, de la disposición final adecuada refiriéndose a la técnica de rellenos sanitarios, para la gestión de los Residuos Sólidos Urbanos.

Que, según estadísticas municipales, en el Departamento de Godoy Cruz se generan aproximadamente 4700 toneladas anuales de residuos.

Que, la Ordenanza municipal n°5141/04 destaca la necesidad de abordar la problemática que genera el arrojo indebido de residuos en lugares no autorizados, incluyendo los sistemas naturales de drenaje hídrico, tanto pluvial como aluvional.

Que, la Ordenanza municipal n°6488/16 persigue la reducción del uso y circulación de las bolsas de material no biodegradable; trayendo aparejada la necesidad de reducir volumétricamente los residuos en origen.

Que, los recuperadores urbanos han tomado en este último año, enorme importancia en el Departamento de Godoy Cruz, y que su labor socioeconómica implica la valiosa recuperación de determinados materiales que de no ser recuperados, incrementarían el volumen de residuos enviados a disposición final.

Que, existen ciertos materiales descartados que no son comercializados por los...

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