Ordenanza Nro. 6343 - MODIFICATORIA DE TASA DE ALUMBRADO PÚBLICO

EmisorMunicipalidad de Maipu
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2019

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 4001/19, caratulado “Dirección de Rentas eleva proyecto de Ordenanza, modificatoria de la Tasa de Alumbrado Público”; y

CONSIDERANDO:

Que la prestación y tributación del servicio de alumbrado público son potestad y exclusividad municipal, conforme al Artículo 200º inc. 3) de la Constitución Provincial y artículos 75º incisos 3) y 11) y 113º inciso 19 de la Ley 1.079.

Que el artículo 23º de la Ley 9.033 de Presupuesto Provincial para el ejercicio 2018 derogó los artículos 41º y 42º de la Ley 6.498 que establecían un mecanismo de compensación a nivel provincial a los efectos de cubrir los costos del suministro de energía eléctrica para la prestación del servicio de alumbrado público y lo sustituyó por la facultad de los municipios para determinar el “Cargo por Servicio de Alumbrado Público” aplicable a las respectivas jurisdicciones.

Que en similares términos la Ley 9.122 de Presupuesto Provincial para el ejercicio 2019, establece que los municipios determinarán el cargo por Servicio de Alumbrado Público" aplicable en sus respectivas jurisdicciones. En caso de no ser determinadas por el municipio, regirán las que fije el Poder Ejecutivo Provincial.

Que en virtud de lo expuesto el Municipio debe establecer las tarifas correspondientes al cargo de alumbrado público para el Departamento, además de su modo y periodicidad de actualización.

Que analizado el estudio de costos realizado por la Secretaría de Infraestructura y Servicios –Subdirección de Electromecánica- y teniendo en cuenta el universo de inmuebles beneficiados, se ha estimado que en principio...

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