Ordenanza Nro. 6 - ORDENANZA N° 06-20: ACEPTA DONACION SIN CARGO DE LOS SRES ANA SOSA Y OTS. A FAVOR DE LA MLH

EmisorMunicipalidad de las Heras
Fecha de la disposición30 de Abril de 2020

VISTO: EL Expediente N° 9208 S-2019, referente a donación de terreno sin cargo, ensanche calle General Paz Distrito el Algarrobal y,

CONSIDERANDO: Que analizada la citada pieza resulta

Que las mismas han sido elevada a este Honorable Cuerpo Legislativo para la donación de terreno sin cargo que efectúan los Señores ANA MABEL SOSA con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 11.397.127, JOEL BERNABE SANCHEZ, con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 38.898.189 ELIAS ENRIQUE SANCHEZ con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 34 827.080 OSMAR ALEJANDRO SANCHEZ con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 25.073.730. GABRIEL RODOLFO SANCHEZ, con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 26 880306 Y EMILIANO JAVIER SANCHEZ con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 26 152.143, como únicos herederos universales del Señor OSMAR SANCHEZ a la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS, una superficie que se encuentra comprendida por 73.05 m2 de la fracción “A” y 26, 84 m2 afectada a ensanche de calle General Paz del Distrito El Algarrobal del Pasillo Comunera de Indivisión Forzosa arrojando un total de 99,89 m2 según plano de mensura y fraccionamiento N° 03-42057, inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, bajo la matricula 356882/3 Asiento A-1 de folio real.

Que a fs. 28 obra ofrecimiento de donación de los oferentes precedentemente citados -

Que a fs. 02 obra plano de mensura y fraccionamiento visado y archivado por la Dirección de Catastro de la Provincia de Mendoza bajo el n° 03-42057

Que a fs. 10/13 obra copia de la resolución de la declaratoria de Herederos.

Que a fs. 21 la Dirección de Catastro Técnico emite resumen de superficie, límites y linderos de la superficie donada.

Que a fs. 30/33 obra escritura traslativa de dominio número cuarenta y tres.

Que fs. 35/38 obra informe del Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, detallando que los oferentes no poseen ninguna inhibición ni gravamen alguno.

Que este Órgano Legislativo evaluando las circunstancias del caso, conforme lo que confiere el art 78° inc. 4to. De la Ley 107 y habiéndose dado cumplimiento con lo dictado por ordenanza n° 100/12 procédase a dictar la norma de aprobación correspondiente -

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

ORDENA

ARTICULO 1

Acéptese la donación sin cargo que efectúan los Señores ANA MABEL SOSA con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD 11.397.127...

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