Ordenanza Nro. 3035 - ORDENANZA 3035/2021

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2021

VISTO el Expte. Nº 541/2021 HCD, iniciado por el Sr. Concejal del Bloque de la Unión Cívica Radical, Daniel Llaver, mediante el cual solicita determinar estructura administrativa y línea estratégica de promoción del varietal bonarda, y;

CONSIDERANDO la necesidad de determinar claramente la estructura administrativa del Plan de Promoción y Desarrollo del Varietal Bonarda, creado por Ordenanza Nº 2542/2012.

CONSIDERANDO que dicha Ordenanza creó el Plan de Promoción y Desarrollo del varietal Bonarda, y oportunamente otorgó todas las potestades en el marco de la misma al D. Ejecutivo de este Municipio.

QUE en su texto se plantea realizar ciertas acciones aisladas y se promueve, junto a una serie de agentes e instituciones estatales y del sector productivo vitivinícola, la difusión entre otras cosas, de la importancia del varietal para la economía local.

QUE posteriormente, se declaró Política de Estado al Desarrollo y la Promoción del Plan Bonarda Argentina, mediante la Ordenanza Nº 2.641/2014.

QUE el varietal Bonarda tiene una supra importancia en nuestro Departamento y en la Región. En la Provincia de Mendoza la mayor superficie de BONARDA se encuentra en el Departamento de San Martín (24,7%), seguido por Lavalle (14,3%), Rivadavia (12%) y San Rafael (11%). Así, el 53% del Bonarda de Mendoza se encuentra en la Zona Este, 15,4% en la Zona Norte y 14% en la Zona Sur. Hay un 10% en la Zona Centro y 7,4% en el Valle de Uco. Esto según datos del Instituto Nacional de Vitivinicultura.

QUE respecto a la producción del varietal, en 2019 la producción total en el país de la variedad BONARDA fue de 2.370.332 quintales. En Mendoza, fue de casi 2 millones de quintales. En el último año la producción de la variedad BONARDA fue un 2,3% mayor a la cosecha del año anterior.

QUE durante el 2.019 se comercializaron 73.933 hl. de vino varietal puro de Bonarda. El 14% de los vinos varietales elaborados con Bonarda se exportó y el 86% se comercializó en el mercado interno.

QUE un plan debe ser validado por diversos actores locales de la economía y miembros de la sociedad civil.

QUE es menester generar espacios o mesas de concertación de actores, definiendo estrategias de desarrollo territorial, centrándose en factores endógenos, capaces de aprovechar las oportunidades del entorno: el tejido social y económico, los recursos humanos y el marco institucional local.

QUE vale definir aquí al desarrollo local como proceso concertado de construcción de capacidades y derechos ciudadanos en ámbitos territoriales y político-administrativos del nivel local (municipios = territorio) que deben constituirse en unidades de planificación, de diseño de estrategias y proyectos de desarrollo con base a los recursos, necesidades e iniciativas locales.

QUE la implantación de un plan (ejecución de proyectos y programas) requiere de estructuras políticas o instancias de cooperación del sector público con el privado y el fortalecimiento de las capacidades de la institución municipal, para la formulación, gestión y ejecución de los proyectos, en su estructura administrativa, técnica y profesional.

QUE en ese camino, las Municipalidades y sus formas asociativas deben promover el desarrollo de manera estratégica, más allá de la simple promoción de actividades económicas, que permita resultados e impactos en los ingresos a las PYMES y mejores condiciones de trabajo de las personas de nuestro Departamento y región.

QUE el Concejo Deliberante, atento lo establecido en el artículo 71º, inc. 9) de la Ley Nº 1079, posee como facultad general el dictado de ordenanzas tendientes a promover el bienestar económico de sus habitantes.

QUE desde diciembre de 2.019, tanto el D. Ejecutivo como este Concejo Deliberante, han dado cumplimiento a esta línea estratégica de promoción y difusión con que se creó originariamente el plan.

POR ELLO de conformidad con lo dictaminado por la Comisión de Asesoramiento Permanente en Legislación, Seguridad y Varios, el Concejo Deliberante de Gral. San...

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