Ordenanza Nro. 2840 - SANCIONESE Y APRUEBESE EL PRESUPUESTO ANUAL Y GENERAL EJERCICIO 2018
Emisor | Municipalidad de San Martin |
Fecha de la disposición | 7 de Diciembre de 2017 |
VISTO el Expte. Nº 43473/2017 D.E., iniciado por Secretaría de Hacienda, mediante el cual eleva proyecto de presupuesto ejercicio año 2018, y;
CONSIDERANDO que, en cumplimiento de los imperativos legales emergentes de los arts. 200º, inc. 4), Constitución Provincial; 73 inc. 1); 105 inc. 4), 107, 119, 123 ss. y concs. L. 1.079; 2, 3 ss. y concs. L. 8706, resulta necesario dar tratamiento al proyecto en cuestión.
QUE una sana técnica administrativo-financiera de gestión aconseja cumplir con la puesta en vigencia de la norma presupuestaria en forma contemporánea a cada año, conforme ordena el legislador constitucional y el de las leyes 1.079 y 8706, a pesar de la posibilidad de proseguir con la vigencia de normas presupuestarias anteriores –que debe entenderse como residual- o de que el H.C.D. trate uno por iniciativa de su propio seno (art. 119 L.O.M.) –que debe entenderse excepcional.
POR ELLO de conformidad con el dictamen en mayoría de la Comisión de Asesoramiento Permanente en Hacienda y Presupuesto Ampliada, el Honorable Concejo Deliberante de Gral. San Martín, Mendoza, en uso de sus facultades conferidas por Ley, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2 8 4 0 / 2 0 1 7
SANCIÓN Y APROBACIÓN.- Sanciónese y apruébese con fuerza de Ordenanza el Presupuesto Anual y General de Recursos, Financiamiento y Erogaciones de la Municipalidad de Gral. San Martín para el Ejercicio 2018.
RECURSOS Y FINANCIAMIENTO.- Estimase en la suma de pesos novecientos noventa y cinco millones seis mil trescientos doce con 60/100 ($.
995.006.312,60.-) el cálculo de RECURSOS y FINANCIAMIENTO para atender las erogaciones, de acuerdo con la siguiente distribución y a la que se proyecta en las planillas y anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
RECURSOS CORRIENTES DE JURISDICCION MUNICIPAL TASAS Y DERECHOS MUNICIPALES | 92.441.147,99 | 130.203.793,65 | 936.910.483,65 |
OTROS INGRESOS DE ORIGEN MUNICIPAL | 37.762.645,66 | ||
RECURSOS DE OTRAS JURISDICCIONES DE ORIGEN NACIONAL | 394.300.000,00 | 806.706.690,00 | |
DE ORIGEN PROVINCIAL | 412.406.690,00 | ||
RECURSOS DE CAPITAL | 46.995.828,95 | ||
VENTA DE BIENES DE USO | 0,00 | ||
REEMBOLSO DE OBRAS PUBLICAS | 15.995.828,95 | ||
REEMBOLSOS DE PRESTAMOS | 0,00 | ||
OTROS RECURSOS DE CAPITAL | 31.000.000,00 | ||
FINANCIAMIENTO | 11.100.000,00 | ||
USO DEL CREDITO | 0,00 | ||
REMANENTE EJERCICIO ANTERIOR | 10.000.000,00 | ||
APORTES NO REINTEGRABLES | 1.100.000,00 | ||
DE JURISDICCION NACIONAL | 0,00 | ||
DE JURISDICCION PROVINCIAL | 1.100.000,00 | ||
DE OTRAS JURISDICCIONES | 0,00 |
TOTAL PRESUPUESTO DE RECURSOS 995.006.312,60
EROGACIONES.- Fíjese en la suma de pesos novecientos noventa y cinco millones seis mil trescientos doce con 60/100 ($ 995.006.312,60.-) la estimación de erogaciones del Presupuesto General de Gastos, de acuerdo con la distribución del gasto por finalidad y función que se indica a continuación y en los detalles de las planillas y cuadros anexos que lo complementan:
CONCEPTO | TOTAL GRAL. | TOTAL POR AREA |
EROGACIONES CORRIENTES - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 887.128.825,00 | 48.232.170,70 286.561.599,13 72.080.880,51 431.113.628,14 45.057.190,05 4.083.356,48 |
OPERACIÓN - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 858.387.194,90 | 48.232.170,70 276.451.045,84 53.617.803,71 430.978.428,14 45.024.390,05 4.083.356,48 |
PERSONAL - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 573.070.104,84 | 37.979.069,40 239.488.634,97 35.274.405,10 214.104.398,01 42.603.482,99 3.620.114,38 |
BIENES DE CONSUMO - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 38.931.085,75 | 355.132,75 7.922.392,53 2.825.846,43 27.423.997,23 397.172,62 6.544,20 |
SERVICIOS - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 246.386.004,31 | 9.897.968,55 29.040.018,34 15.517.552,18 189.450.032,90 2.023.734,44 456.697,90 |
INT. Y GTOS DE LA DEUDA - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 17.963.076,80 | 0,00 0,00 17.963.076,80 0,00 0,00 0,00 |
TRANSF. CORRIENTES - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 10.778.553,30 | 0,00 10.110.553,30 500.000,00 135.200,00 32.800,00 0,00 |
EROGACIONES DE CAPITAL - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 71.703.906,20 | 10.962,00 2.434.637,00 21.805,00 68.632.822,20 603.680,00 0,00 |
BIENES DE CAPITAL - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 19.385.384,78 | 10.962,00 134.637,00 21.805,00 19.214.300,78 3.680,00 0,00 |
TRABAJOS PUBLICOS - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 50.018.521,42 | 0,00 0,00 0,00 49.418.521,42 600.000,00 0,00 |
BIENES PREEXISTENTES - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 0,00 | 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 |
APORTES DE CAPITAL - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 2.300.000,00 | 0,00 2.300.000,00 0,00 0,00 0,00 0,00 |
PRESTAMOS - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 0,00 | 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 |
VALORES FINANCIEROS - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 0,00 | 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 |
OTRAS EROGACIONES - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 36.173.581,40 | 0,00 0,00 36.173.581,40 0,00 0,00 0,00 |
AMORT. DEUDA PUBLICA - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 36.173.581,40 | 0,00 0,00 36.173.581,40 0,00 0,00 0,00 |
TOTAL DE EROGACIONES - INTENDENCIA - SEC. GOB. Y ADM. - SEC. HACIENDA - SEC. OBRAS Y SS. - H.C.D. - JUZGADO VIAL | 995.006.312,60 | 48.243.132,70 288.996.236,13 108.276.266,91 499.746.450,34 45.660.870,05 4.083.356,48 |
MODIFICACIONES PRESPUESTARIAS
Autorizase al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante, en sus ámbitos de competencias y partidas presupuestarias aprobadas, a realizar transferencias, reajustes y compensaciones de partidas y en general a disponer reestructuraciones y modificaciones de los créditos dentro y entre las distintas unidades de gestión que los componen que resulten necesarias para la buena marcha de la administración municipal, así también se autoriza el INCREMENTO PRESUPUESTARIO en el marco de lo dispuesto en la Ordenanza sobre financiamiento de obra tramitado en autos Nº 43487/2017, tanto respecto de los recursos que ingresen como de las partidas de gastos de capital que se decida ejecutar. Toda modificación autorizada en este artículo será comunicada al H. Concejo Deliberante.
Durante el presente ejercicio no podrá disminuirse la Partida: Servicios.
– Gastos Judiciales.- que se aprueba, salvo en los siguientes casos:
Inc. 1- Que sea necesario transferir recursos a otras partidas, -sin modificar su destino específico- en razón de necesidades de ejecución o acuerdos judiciales o extra-judiciales, y/o
Inc. 2- Que durante el ejercicio sea objetivamente relevante la innecesariedad de mantenerla, comunicando al Honorable Concejo Deliberante los reajustes presupuestarios realizados.
No pueden realizarse ajustes y/o modificaciones de partidas que impliquen una modificación al total del Presupuesto que se aprueba por la presente a excepción de las facultades conferidas por la presente o por aplicación de los arts. 4º de la Ley 3.796 y 32º de la Ley 8706.
DE LA EJECUCIÓN
NORMAS SOBRE EROGACIONES
INCREMENTOS PRESUPUESTARIOS
INCREMENTOS DE RECAUDACIÓN Y DE OTRAS FUENTES.– Si durante el ejercicio la recaudación obtenida en un determinado recurso financiero municipal u otros ingresos de jurisdicciones no municipal, superan el cálculo respectivo previsto en este presupuesto para esas partidas, como así también si se reciben fondos que no generan endeudamiento o aportes no reintegrables no previstos durante el ejercicio, el Departamento Ejecutivo podrá incrementar las partidas de erogaciones en la misma cuantía, de modo de ajustarlas a los requerimientos de la ejecución, debiendo comunicarse al H. Concejo Deliberante.
INCREMENTOS POR RECURSOS AFECTADOS.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General, incorporando las partidas especiales necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones con recursos provenientes de:
Inc. 1. Originarios...
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