Ordenanza Nro. 2213 - RATIFICACIÓN DECRETO Nº282/2023 – EMERGENCIA Y ZONA CATASTRÓFICA

EmisorMunicipalidad de la Paz
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2023

VISTO:

El Decreto emanado del Departamento Ejecutivo “AD REFERENDUM” de este Honorable Concejo Deliberante a raíz de la tormenta de lluvia, granizo y viento que azotó a todo el Departamento de La Paz el día doce (12) de marzo del corriente año. Y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado fenómeno climático ha sido de tal magnitud que ha provocado caídas de árboles, inundaciones en calles, rutas, viviendas, edificios públicos, corte de servicios públicos (energía eléctrica, gas y agua).

Que dichas inundaciones han afectado la estructura de las viviendas tales como: techos, paredes, tanques de agua, etc.

Que en la mayoría de las viviendas los electrodomésticos y artículos del hogar se han visto severamente afectados en cuanto a su uso y funcionamiento.

Que es necesario la inmediata intervención del Estado Municipal para atender a la demanda de los vecinos para la restauración y reparación de las viviendas afectadas y el otorgamiento de: mercaderías, elementos de limpieza y desinfección, artículos y electrodomésticos del hogar, ayuda económica para hacer frente al pago de servicios esenciales etc.

Que el Gobierno Departamental considera indispensable a fin de superar la catástrofe y proteger a las familias del departamento las herramientas jurídicas que permitan brindar una repuesta inmediata a los vecinos.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA PAZ, MENDOZA

ORDENA

ARTÍCULO Nº 1: APROBAR EN GENERAL y EN PARTICULAR el DECRETO Nº 282/2023, conforme a los artículos que se transcriben a continuación.

ARTÍCULO Nº 2: Declárese la EMERGENCIA SOCIAL y ECONOMICA así como ZONA CATASTROFICA al Departamento de La Paz hasta el nueve (09) de diciembre, a partir de la fecha del Decreto Nº282/2023, el que podrá ser prorrogado en caso de persistir la situación.

ARTÍCULO Nº 3: En virtud de la EMERGENCIA Y ZONA CATASTROFICA declarada, el Poder Ejecutivo Municipal podrá por el plazo estipulado y desde la publicación de la presente Ordenanza

  1. Disponer autorizaciones para gastos no incluidos en la Ley Presupuesto, reasignando las partidas presupuestarias oportunamente aprobadas sin limitaciones, haciendo uso del crédito público o contra mayor recaudación debidamente fundada, para atender de inmediato la situación de emergencia ocasionada, con el fin de brindar toda ayuda económica y de materiales de construcción a la población que se vio afectada por la catástrofe.

    b) Reorganizar, optimizar o modificar las condiciones originales de contratación vigentes a los...

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