Ordenanza Nro. 2158 - ORDENANZA Nº 2158/2022.

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición28 de Abril de 2022

VISTO: El contenido del Expediente Nº 5.488/2.021-0. Dirección de Rentas Proyecto de Ordenanza: Moratoria 2020. Que se prevé palear la difícil situación financiera en la que se encuentra la Municipalidad de Malargüe, siendo necesaria la implementación de herramientas que permitan mejorar la recaudación Y;

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 5° y 123° de nuestra carta magna asegura el régimen municipal autónomo, afirmando atribuciones en cuanto al orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.

Que la Corte Suprema, en la causa “Municipalidad de la Ciudad de La Banda c/ Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero s/ conflicto entre poderes públicos” ratifico la preponderancia e importancia de la autonomía económica financiera de los municipios como entes autónomos.

Que asimismo mediante la causa “Intendente de La Rioja” el máximo tribunal se expidió mencionando que no podría haber municipio autónomo si los municipios no tienen la capacidad financiera para ejercer el gobierno local, a fin de desarrollar su acción como el orden de gobierno más próximo a los ciudadanos.

Que resulta una cuestión fundamental para tener una administración tributaria municipal eficiente y comprometida, la convicción del gobierno municipal de cobrar las tasas.

Que es compromiso de la gestión contar con una política y organización tributaria eficiente.

Que la fuente de ingresos por excelencia de los municipios en Argentina son los ingresos propios no tributarios: tasas, derechos, contribuciones, multas y otros ingresos definitivos como integrantes del tesoro municipal en la Constitución.

Que la administración tributaria debe ser coherente con la realidad actual, información territorial y capacidad económica de los sectores que forman la Ciudad.

Que en esa misma línea y mediante Ordenanza N° 2.028/2.020, se declaró la Emergencia Sanitaria, Económica, Social y Financiera por el plazo de un (1) año en el ámbito departamental.

Que por ello resulta indispensable implementar un conjunto de medidas tendientes a aliviar la carga de tasas y contribuciones municipales a nivel local.

Que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 1.079, instaura la potestad del Honorable Cuerpo Deliberativo para proveer la administración de bienes municipales y el contralor del área de Hacienda.

Que siendo los Concejales elegidos directamente por el pueblo, representan la función de...

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