Ordenanza Nro. 1206 - TRATAMIENTO RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS LAVALLE

EmisorMunicipalidad de Lavalle
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2023

Lavalle, 23 de mayo de 2023.

VISTO:

El Expte. Nº 14924/2022-0 (Digital); Caratulado: Dirección de Ambiente, e/ Nota ref. a Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Departamento Ejecutivo remite el presente Expediente para su estudio, consideración y sanción del presente Proyecto de Ordenanza de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos;

Que, motiva el presente pedido la necesidad de contar con una legislación acorde a las necesidades del Departamento de Lavalle, en materia de generación, traslado, tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos domiciliarios, para lo cual se necesita regular esta actividad en una gestión de manejo integral de residuos sólidos urbanos y en un todo de acuerdo a los lineamientos que están siendo consensuados a nivel nacional y provincial;

Que, el progresivo aumento de la generación de residuos sólidos urbanos (en adelante R.S.U) y su posterior desecho no es sustentable en el tiempo;

Que, el actual intendente del Municipio de Lavalle se ha pronunciado públicamente reconociendo el problema, y realizando anuncios de una próxima puesta en marcha de una política de gestión integral de residuos sólidos urbanos;

Que, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de Naciones Unidas (ONU), en su objetivo N° 11 obliga a los Estados a lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes, y sostenibles, entre otras metas, se debe reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo;

Que, si bien Lavalle forma parte de la Región Metropolitana del Plan Provincial de Residuos Sólidos Urbanos, que se implementó en la Provincia de Mendoza y que tiene como objetivo optimizar y sistematizar la gestión de residuos sólidos urbanos en la Provincia de Mendoza, atendiendo a una política de regionalización que permita reducir notablemente los costos de inversión y operación; hasta tanto se pueda materializar la conformación del Consorcio previsto para la Región Metropolitana, y la construcción de las nuevas infraestructuras previstas en el Plan; desde la Comuna de Lavalle se pretende avanzar en una mejor gestión local de los RSU que permita optimizar recursos minimizando la cantidad de residuos destinados al relleno sanitario ubicados en el departamento de Las Heras;

Que, el Gobierno de la Provincia, a través el Ministerio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales, hasta tanto se pueda materializar la conformación del Consorcio previsto para esta Región, y la construcción de las nuevas infraestructuras, desde 2004 viene subsidiando a los Municipios que integran la Zona Metropolitana para que realicen la disposición de sus residuos en el Vertedero controlado de Las Heras

Que, para ello se propuso la creación de cuatro regiones en toda la provincia, siendo la región metropolitana que comprende los departamentos del Gran Mendoza la que mayor cantidad de residuos genera (aprox. 1.800 Tn/dia - 70% de toda la provincia). Por su parte, se autorizó a los municipios a conformar consorcios públicos orientados a la gestión de RSU;

Que, si bien es urgente que el Departamento ponga en marcha un plan que revierta esta situación, es necesario instaurar un programa sostenido, fruto de un compromiso político que genere una política de estado, con amplios acuerdos, objetivos concretos y realizables;

Que, el programa debe contener medidas y acciones que estén dirigidas a una continua reducción de la generación de residuos, a la recuperación y el reciclado de desechos reutilizables, al compostaje, como también a la disminución de la toxicidad de la basura;

Que, como es sabido, el ciudadano no tiene claro el lugar preciso en donde arrojar sus desperdicios o desechos cuando hace renovación de artículos del hogar o limpieza de sus depósitos, el comercio en general sufre la misma duda cuando debe desechar lo inservible. La industria que genera desechos inocuos no sabe correctamente donde debe depositarlos y si lo hace tiene la incertidumbre de si lo está haciendo correctamente;

Que, la gestión de manejo integral de los residuos sólidos urbanos abarca los aspectos del ciclo de los R.S.U, su manejo integral, la planta de tratamiento integral y su explotación y su inserción en la sociedad. La gestión integral es un sistema de manejo de los R.S.U que, basado en el desarrollo sostenible, tiene como objetivo primordial el mejoramiento de la salud de la población, entendiendo a la salud en su sentido más amplio, y la preservación ambiental;

Que, el aspecto valorativo de los R.S.U está asociado al concepto de prevención cuantitativa, la cual promueve la minimización de las cantidades de residuos a generar y también a disponer, como asimismo alienta la maximización de su aprovechamiento y valorización. Esto se logra a través de la aplicación de la trilogía de las 4R -Reducir, Reusar, Recuperar y Reciclar;

Que, es necesario crear dentro del ámbito Municipal un "Programa de gestión de manejo integral de los R.S.U" (PMGIRSU).

Que, la Gestión del Manejo integral de los residuos sólidos urbanos requiere regulación del sector, capacidad técnica y administrativa y responsabilidades compartidas entre gobiernos y comunidades a nivel nacional, provincial y municipal;

Que, dentro de las opciones técnicas de gestión se debe considerar acciones educativas tales como la prevención de la generación de desechos, por la optimización o modificación de procesos productivos ecológicos, el reciclaje, el almacenamiento, tratamiento y disposición final;

Que, dentro de las opciones administrativas, se necesita un marco de regulación y legislación mínimo para el control eficaz de los residuos y desechos municipales (incluso los peligrosos o especiales), desde su producción hasta su disposición final;

Que, es necesario profundizar la sensibilización de la población acerca de la temática ambiental, para lograr así que nuestra ciudadanía tome una actitud proactiva con miras al consumo sustentable;

Que, para que el programa tenga éxito es fundamental la concientización y educación de la comunidad para lo cual se debe utilizar todas las herramientas comunicacionales posibles que ayuden a generar el hábito en la comunidad;

Que, según experiencias de otras ciudades, y expresiones de expertos es fundamental involucrar en el programa a escuelas, instituciones educativas en general y jardines de infantes, con acciones especiales, porque los chicos, así concientizados, concientizan a sus familias, y porque así la basura de las escuelas mismas recibe tratamiento adecuado, para lo cual se hará base en el programa de educación ambiental existente en el municipio;

Que, es parte de la concientización, que en las instituciones sociales o civiles del Departamento avancen en la realización de reciclaje mediante la ubicación de contenedores indicados para tal fin. Esto se debe a que, si en lugares de uso masivo se incorpora esta metodología de reciclaje, ayuda a que el vecino lo interiorice y tome conciencia de la importancia de este proceso;

Que, desde el mismo Municipio es necesario lograr a mediano y largo plazo la reducción en la compra de elementos que no puedan reutilizarse o reciclarse, debiendo el mismo municipio buscar los mecanismos de concientización y estímulo hacia las empresas y/o fabricantes locales como a los ciudadanos en cuanto la utilización de envases o embalajes reutilizables y/o reciclables para sus productos;

Que, es primordial para cumplir este objetivo que el empresariado local asuma un rol fundamental en el reciclado y generación de nuevos residuos;

Que, es importante la incorporación de sectores vinculados al trabajo informal, también denominados cartoneros o recuperadores urbanos, con el objeto de incluirlos al trabajo formal bajo las condiciones de seguridad e higiene;

Que, la Gestión Integral de los RSU debe priorizar los aspectos legales según acuerdos internacionales, la legislación nacional, provincial y municipal;

Que a la fecha son:

  1. Acuerdos internacionales:

    - El Convenio de Basilea (1991) sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su eliminación.

    - El Convenio de Estocolmo (2004) sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs).

    - El Convenio de Rotterdam (2000) sobre el Procedimiento de Consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional.

    - El Convenio de Minamata (2018) sobre el Mercurio.

    - La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (ODS), aprobada en septiembre de 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, y que establece una visión transformadora hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental.

    - El Acuerdo Escazú (2020) sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

  2. Cumplimiento de la legislación nacional:

    - Reforma de Constitución Nacional (1994), Art 41º - Derecho a un ambiente sano, apto y equilibrado.

    -Ley 25.675 General del Ambiente de Presupuestos mínimos

    -Ley 24.051, Decreto. 831 de...

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