Ordenanza Nro. 1189 - COMODATO COOPERATIVA JARILLEROS

EmisorMunicipalidad de Lavalle
Fecha de la disposición 6 de Septiembre de 2022

Lavalle, 06 de setiembre de 2022.

VISTO:

El Expediente Nº 12002/2022, caratulado: “Ventanilla única e/ Nota (Digital) Ref. a comodato del inmueble de la Coop. Armonía de los Jarilleros” y;

CONSIDERANDO:

Que, el Departamento Ejecutivo remite el presente Expediente para análisis y resolución respecto de nulidad de la deuda contraída con la Municipalidad, conforme el convenio celebrado entre las partes;

Que, a fs. 1, se indica que según lo dispuesto en la Resolución N°902/22, artículo 1°, se procede a constituir nuevo expediente con copia fiel de la documentación obrante en expediente N° 10223/22, para ser remitida al Concejo Deliberante de Lavalle, para su tratamiento conforme a lo convenido entre las partes.;

Que, a fs. 2 obra nota dirigida al Sr. Intendente Municipal a fin de que se arbitren los medios para proceder al pago de la deuda de ATM ($ 32.000,-) y de AySAM ($ 134.100.-) del inmueble ubicado en Barrio los Jarilleros I, Manzana B, Lote I, Jocolí Viejo, Departamento de Lavalle, identificado con Nomenclatura Catastral N°133401000300000100007, como así también la condonación de deuda de los Impuestos Municipales ($ 10.600.-), todo ello atendiendo al comodato firmado entre la Cooperativa de Vivienda, Urbanización y Servicios Públicos y Sociales "Armonia de Los Jarilleros" y la Municipalidad de Lavalle;

Que, se informa que la Municipalidad recibe en comodato el inmueble propiedad de la Cooperativa con el compromiso de hacerse cargo de la deuda arriba mencionada según consta en Contrato de Comodato clausula Sexta;

Que, a fs. 3 y 4 se agrega el contrato de comodato firmado por la Cooperativa de Vivienda, Urbanización, Servicios Públicos y Sociales "Armonia de Los Jarilleros Ltda." y la Municipalidad de Lavalle, sobre un inmueble con edificación ubicado en Barrio Los Jarilleros I, Manzana B, Lote I, Jocolí Viejo, Departamento de Lavalle, Mendoza, Nomenclatura Catastral N° 133401000300000100007, otorgándose la tenencia a favor de la Municipalidad, haciendo ésta cargo de los gastos, impuestos y servicios que graven al inmueble durante el plazo que dure el contrato siendo de seis (6) años;

Que, en Artículo 6° se establece que la Municipalidad en carácter de contraprestación se hará cargo de la deuda existente hasta la fecha en concepto de AYSAM, Impuesto Inmobiliario y Tasas Municipales, y durante la vigencia del presente contrato, además de los servicios e impuestos referidos, se hará cargo...

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