Ordenanza Nro. 10 - MODIFICACIÓN DE ORDENANZA TARIFARIA MUNICIPAL

EmisorMunicipalidad de la Paz
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2018

VISTO:

La Ordenanza N° 06/18, Ordenanza Tarifaria Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de La Paz se encuentra dentro del Marco de Adhesión Municipal al Plan Provincial de Viviendas “ MENDOZA CONSTRUYE”;

Que se hace necesario agregar en el inciso (e), en el Artículo 47° de TITULO XVIII, DISPOSICIONES GENERALES, CAPITULO ÚNICO, de la Ordenanza N° 06/18 Ordenanza Tarifara 2018, para que quede redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 47°

EXENCIONES: Se encuentran exentos del pago de los tributos regulados por la presente Ordenanza:

  1. Tasas y Servicios Municipales:

    1- Los desempleados

    2- Jubilados o pensionados

    3- Beneficiarios de Planes de Empleo Nacionales, Provinciales o Municipales, siempre que acrediten ante la Dirección de promoción Social la situación de falta de empleo o que el único ingreso del grupo familiar, proviene de lo regulado en a.2 o a.3 y no supere la suma de pesos seis mil quinientos con 00/100 ($6.500,00).

  2. Tasas y Servicios Municipales: Servicios de Suministros de agua potable a través del Acueducto La Paz-Desaguadero.

    b.1) Quedan exentos del pago de servicio de agua potable los contribuyentes en general que residan en Desaguadero cuyos ingresos no superen los pesos seis mil quinientos con 00/100 ($6.500,00).

    b.2) Los contribuyentes en general, incluidos los jubilados y/o pensionados cuyos ingresos sean entre los pesos seis mil con 00/100 ($6.000,00) y pesos siete mil ochocientos con 00/100 ($7.800,00) abonaran el 50% del importe facturado, siendo subsidiado el otro 50% por el Municipio.

  3. Derecho de Cementerio: se exime del pago del derecho de cementerio para los empleados de planta municipal. El presente beneficio es a perpetuidad.

  4. Emisión de Licencia Nacional de Conducir: Se exime del pago de la tasa municipal para la obtención o renovación de la Licencia Nacional de Conducir a los choferes de vehículos oficiales que cumplan las funciones habituales y con domicilio en el departamento de La Paz.

  5. Plan Provincial de viviendas “Mendoza Construye “: se exime del pago de Aforos; Tasas y Sellados a todo Proyecto enmarcado dentro del Plan Provincial de Viviendas “Mendoza Construye”, durante su construcción.

    POR ELLO:

    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA PAZ, MENDOZA

    ORDENA:

ARTICULO 1o

AGREGAR el inciso (e), en el Artículo 47° de TITULO XVIII, DISPOSICIONES GENERALES, CAPITULO ÚNICO, de la Ordenanza N° 06/18, Ordenanza Tarifaria Municipal 2018, para que quede...

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