Ordenanza Nº 6.243/13

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2013

ORDENANZA Nº 6.243/13Visto: El expediente Nº 4918-H-13, caratulado: Departamento Ejecutivo - s/Prórroga para la Elevación del Proyecto de Presupuesto 2014; yCONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones, el Departamento Ejecutivo envía al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Presupuesto Año 2014, integrado por el cálculo de Recursos, Erogaciones y el Financiamiento necesario.-Que el Secretario de Hacienda del Municipio y la Coordinadora de Financiamiento Municipal, realizaron una introducción sobre la Ordenanza Presupuestaria el día viernes 22 de noviembre, posteriormente, el día martes 26 de noviembre a las 10.00 horas, se trató en Sala de Comisiones en reunión ampliada a todos los Ediles de este Cuerpo, el proyecto presentado.-Que la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Crédito Público, ha efectuado un detallado análisis del Proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2014 y ha recibido las explicaciones e información pertinentes solicitadas al Departamento Ejecutivo, por lo que se estima procedente elevar a consideración del Cuerpo, el Despacho correspondiente.Por elloEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ:ORDENA:PRESUPUESTO 2014Artículo 1º - Sanciónese con fuerza de Ordenanza, el Presupuesto General de Recursos, Erogaciones y Financiamiento de la Municipalidad de Godoy Cruz para el año 2014, de acuerdo a los Cuadros que forman parte integrante de la presente Ordenanza.CAPITULO IESTRUCTURA DEL PRESUPUESTOque forman parte integrante de la presente Ordenanza.RECURSOS CORRIENTES481.742.250RECURSOS DE CAPITAL13.616.930TOTAL DE RECURSOS495.359.180Dpto.ServiciosJuzgadosConceptoTotal EjecutivoEspecialesTránsitoH.C.D.ErogacionesCorrientes380.683.170354.252.5805.430.1405.075.06015.925.390Erogacionesde Capital142.978.190141.329.020720.0006.500922.670Total deErogaciones523.661.360495.581.6006.150.1405.081.56016.848.060Amortización de la deuda consolidada2.019.090Amortización de la deuda flotante28.201.550TOTAL30.220.640Total de Erogaciones Presupuestadas553.882.000menos:Recursos Presupuestados495.359.180NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO58.522.820==============Remanente de Ejercicios anteriores25.984.710Adelantos a Proveedores y Contratistas1.336,560Proveedores y Contratistas31.201.550FINANCIAMIENTO58.522.820==============Artículo 6° - Balance Financiero: Como consecuencia de lo establecido por los artículos precedentes, estímese el Balance Financiero Preventivo, cuyo detalle figura en la planilla denominada Cuadro Resumen de Recursos, Financiamiento y Erogaciones que forma parte integrante de la presente Ordenanza.Artículo 7º - Planta de Personal: Fíjese en cargos dos mil ciento noventa y nueve (2.199) la Planta de Personal Permanente y Personal Temporario, delDepartamento Ejecutivo; Juzgados Administrativos de Tránsito y Honorable Concejo Deliberante, según el cuadro general de cargos; planillas anexas de Planta de Personal y normativa establecida en el Capítulo III que integran la presente ordenanza.CUADRO GENERAL DE CARGOSDPTO.JUZGADOSH. C. D.PERSONALTOTALEJECUTIVOTRÁNSITOPERMANENTE1.9561.8783048TEMPORARIO24321429TOTAL DE CARGOS2.1992.0923077CAPITULO IIDE LAS NORMAS SOBRE EL GASTOArtículo 8° - Modificaciones Presupuestarias Dentro de la Jurisdicción: Facúltese al Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Coordinación y Financiamiento Municipal a disponer las modificaciones de partidas y subpartidas dentro de una Dirección y entre Direcciones de una misma Secretaría cuando lo considere necesario para no entorpecer la normal prestación de los servicios previstos en el presente Presupuesto, siempre que no se altere el total de las Erogaciones fijadas en el Art. 3° para el Departamento Ejecutivo. Todo lo anterior sin sujeción a la limitación establecida por la Ley Nacional N° 25.917 en su artículo 15 y Ley Provincial N° 7.314, artículo primero.Facúltese a la Presidencia del Honorable Cuerpo a realizar las modificaciones de partidas y subpartidas necesarias de su Jurisdicción, a los efectos de permitir el normal desarrollo de sus funciones. A estos efectos se autoriza al Departamento Ejecutivo para que a través de la Dirección de Coordinación y Financiamiento Municipal realice la redistribución de partidas y subpartidas necesarias dentro de la jurisdicción del Honorable Concejo Deliberante respetando siempre el total de las erogaciones fijadas para esa jurisdicción en el Artículo 3º de la presente Ordenanza.Artículo 9° - Modificaciones Presupuestarias entre Jurisdicciones: Facúltese al Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Coordinación y Financiamiento Municipal a efectuar transferencias de créditos de una jurisdicción a otra, sin sujeción a la limitación establecida por la Ley Nacional N° 25.917 en su artículo 15 y Ley Provincial N° 7.314, artículo primero e incluida su finalidad y función, en los siguientes casos:a) Cuando alguna Unidad Organizativa, por disposición legal o por reestructuraciones que realice el Departamento Ejecutivo, cambie de jurisdicción o se suprima total o parcialmente.b) Cuando se produzcan las situaciones previstas en el artículo 24° de la presente Ordenanza.c) Cuando sea necesario reforzar el crédito presupuestario de una Unidad Organizativa a los efectos de mantener el nivel de prestación de los servicios, habiéndose registrado previamente el ahorro de partida correspondiente en otra Unidad Organizativa.Artículo 10º - Incremento Presupuestario: Si durante el ejercicio se reciben subsidios y/o aportes no reintegrables no previstos con afectación específica o de libre disponibilidad, o cuando se percibiera o proyectara fundadamente una mayor recaudación de recursos de libre disponibilidad, y/o remanentes de ejercicios anteriores el Departamento Ejecutivo podrá incrementar el Cálculo de Recursos y las partidas de erogaciones presupuestarias o no presupuestadas en la misma cuantía, de modo de ajustarlas a los requerimientos de la ejecución, previo cumplimiento de los términos previstos por la Ley 7314 –Responsabilidad Fiscal– y Decreto Reglamentario 1671/05 establecidos para el ámbito Municipal.Si durante el ejercicio, la recaudación obtenida no supera los...

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