Ordenanza Nº 8.232
Emisor | Municipalidad de Guaymallen |
Fecha de la disposición | 11 de Agosto de 2016 |
ORDENANZA Nº 8.232
Visto: El Proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales del Bloque Justicialista, Frente para la Victoria, Rafael Moyano, Luis Francisco, Miguel Illanes y Diego Fernández y
CONSIDERANDO:
Que, la discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, que constituye un obstáculo para el bienestar general de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad.
Que, la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades.
Que, la violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases.
Que, la eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida.
Que, la Ley Nacional 26.485 tipifica las distintas tipos de violencia como Física, Psicológica, sexual, económica patrimonial y simbólica.
Que, la Ley 26.485 indica las Modalidades de Violencia, entre las que se destaca la Violencia Institucional como la realizada por las/los funcionarios, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta Ley.
Que, la misma Ley también explicita la Violencia Laboral, como aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad edad, apariencia física o la realización de teste de embarazo.
Que, por otra parte pone énfasis la Ley en que constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye...
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