Ordenanza Nº 1.430/2.008

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición24 de Abril de 2008

ORDENANZA Nº 1.430/2.008Visto: La necesidad e importancia que el Municipio se aboque integralmente a través de una verdadera visión estratégica, en proponer el desarrollo ganadero local, teniendo en cuenta desde todos los aspectos la implicancia que podría alcanzar. y;CONSIDERANDO:Que se ha puesto de manifiesto la voluntad política, empresarial y productiva, que impulsará acciones destinadas al desarrollo sostenible de la ganadería departamental, regional, provincial y nacional.Que se mantuvo una reunión en dependencias del Departamento Ejecutivo Municipal para tratar la puesta en marcha del Consejo Asesor de Planificación y Concreción de Políticas Ganaderas en Malargüe, participando de ella autoridades municipales y de la Cámara de Comercio y Afines de Malargüe, momento en que se evaluó como importante remarcar que en el Consejo a crearse debería estar incorporado el Matadero Regional Malargüe.Que el Consejo Asesor tendrá como tareas primordiales el promover acciones de integración, desarrollo, planificación y concreción de políticas públicas en pos de mejorar la calidad de vida de los productores locales y el desarrollo regional ganadero.Que dar impulso a uno de los ejes históricos de la economía de Malargüe, como es la Ganadería, representa un verdadero desafío para la actividad pecuaria del Departamento, quien deberá comprometer e involucrar a Organismos públicos y privados.Que la actividad ganadera debe ser llevada a cabo en el auténtico contexto y en consonancia de los objetivos nacionales, provinciales y municipales, implicando y abarcando todos los aspectos, poniendo en práctica una visión estratégica e integradora del desarrollo ganadero local.Que el puestero, criancero o ganadero es el verdadero valuarte, por cuanto es protagonista de los cambios sociales in situ y es quien motiva la estabilidad de la población rural, evitando los desarraigos.Que el mencionado Consejo Asesor, deberá de manera directa interiorizarse de la problemática sobre la infraestructura social y sobre los servicios del sector, como así también impulsar fuertemente la conformación de los Consorcios Ganaderos para la reparación de los caminos ganaderos, en el marco de la Ley Provincial Nº 6.063, Capítulo IV, artículos 14 y 15, y cualquier normativa futura aplicable al sector.Que proyectar la unidad de un Consejo Asesor, compuesto por estamentos interesados en este tema, es dar el primer paso para organizar en orden y en forma sensata una verdadera alternativa de crecimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR