Ordenanza Nº 6.572/16
Emisor | Municipalidad de Godoy Cruz |
Fecha de la disposición | 5 de Septiembre de 2016 |
ORDENANZA Nº 6.572/16
Visto: El Expte. Nº 5.663-H-16: "Bloque Frente Cambia Mendoza Concejal Fugazzotto Luis - e/Proyecto de Ordenanza Adhiérase a la Ley Provincial Nº 8806"; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial 8806 para mujeres víctimas de violencia, modifica la ley 5811 sobre régimen de remuneraciones y licencias para el personal de la administración pública provincial.
Que "el derecho a una vida libre de violencia es un Derecho Humano".
Que la Ley 26485 de "Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales" establece entre otras cosas:
*Que las disposiciones de la presente ley son de orden público y de aplicación en todo el territorio de la República, con excepción de las disposiciones de carácter procesal establecidas en el Capítulo II del Título III de la presente.
*Que la presente ley tiene por objeto promover y garantizar:
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La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida;
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El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia;
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Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos;
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El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; 1947)
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La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres;
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El acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia;
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La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia.
*Que esta ley garantiza todos los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y, en especial, los referidos a:
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Una vida sin violencia y sin discriminaciones;
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La salud, la educación y la seguridad personal;
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La integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial;
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Que se respete su dignidad;
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Decidir sobre la vida reproductiva...
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