Ordenanza Nº
Emisor | Municipalidad de Capital |
Fecha de la disposición | 7 de Octubre de 2014 |
ORDENANZA Nº
3.873
Creando el Registro de Músicos y Agrupaciones Musicales.
Visto: El Expte./P. H.C.D. Nº 085-C-12 caratulado: Concejales Suarez - Migliozzi - Eisenchlas - Gonzalez - Bloque U.C.R. - e/Proy.
de Ordenanza Ref.: Creando el "Registro de Músicos y Agrupaciones Musicales"; y
CONSIDERANDO:
Que la necesidad de favorecer la promoción de artistas vinculados a la música de la Provincia de Mendoza.-
Que la Ciudad de Mendoza resulta ser una plaza con un número importante de salas, auditorios, teatros, etc., en los cuales actúan artistas foráneos a la provincia, ya sea como solistas o grupos musicales, con importante concurrencia de público, lo cual constituye una oportunidad para dar a conocer a nuestros músicos.-
Que la presente Ordenanza tiene como objetivo dicha difusión a través del incentivo a los grupos o artistas que permitan la actuación previa como "teloneros" o "grupo soportes" a músicos de la Provincia de Mendoza.-
Que debe ser el Municipio quién en primer lugar tienda a tal promoción siendo obligatorio a toda actuación de espectáculo musical organizado por él, la contratación de artistas locales, ya sea como grupo soporte o espectáculo principal.-
Que es importante la acción del Estado, en la promoción de los artistas locales, ya que la misma funciona como un estímulo psicológico y motivador económico para la continuidad de la formación de los músicos y agrupaciones musicales, siendo que la ausencia de estas acciones culmina en la desaparición de los mismos.-
Que los grupos musicales son productores, difusores y potenciales promotores, dentro y fuera de la ciudad, de la cultura local.-
Que muchas veces la masividad de público concurrente a un espectáculo con músicos extranjeros, puede representar una oportunidad única para la difusión de obra del artista local.-
Que la promoción que esta Ordenanza tiene como objetivo que no se puede limitar sólo a los músicos residentes en la Ciudad de Mendoza, por el contrario con espíritu amplio debe abarcar a todo músico residente en la Provincia de Mendoza.-
Que a los efectos de fomentar la creatividad los artistas deberán interpretar en forma exclusiva temas propios, no incluyéndose a los que hagan "covers" pues esta es la forma para que la difusión sea real, pues lo que se pretende promocionar es la música creada por artistas locales.-
Por ello:
EL H. CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE...
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