Ordenanza Nº 5.675/08

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2008

ORDENANZA Nº 5.675/08Visto: El expediente Nº 3345-H-08, caratulado: Concejales del H.C.D., s/Contratación de Gasista Matriculado; yCONSIDERANDO:La nota enviada por ECOGAS a vecinos del Segundo Barrio Centro de Empleados de Comercio durante el pasado mes de setiembre referente a medidas de seguridad en el uso del gas natural.Que a través del mencionado documento se emplaza a los vecinos de la zona a contratar, en el plazo de tres meses, los servicios de un gasista matriculado a los fines de realizar una revisión de sus respectivas instalaciones domiciliarias, bajo apercibimiento de suspensión del servicio hasta tanto se regularice la situación.Que, según lo especifica la nota remitida a los vecinos, el objeto de esta revisión es certificar que las instalaciones se encuentren ejecutadas conforme a la norma, y que el funcionamiento de artefactos, ventilaciones y conductos de evacuación de gases sea normal y en condiciones de seguridad, así como también iniciar el trámite correspondiente a la modificación o ampliación de la instalación domiciliaria ante una alteración de la instalación original.Que esta iniciativa surge, principalmente, a partir de las trágicas muertes acaecidas en el Barrio causadas por la pérdida de gas.Que si bien esta medida procura, acertadamente, evitar riesgos y así garantizar la seguridad de los residentes en el barrio, la disposición ha generado una profunda preocupación y malestar entre los vecinos.Que dada la antigüedad del Barrio y el tipo de artefactos actualmente en uso, los vecinos seguramente deban incurrir en un gasto significativo.Que gran parte de los residentes ha cesado sus actividades laborales, percibiendo como único ingreso una jubilación, ubicándose muchos de ellos, como bien lo indican los mismos vecinos, por debajo de la línea de pobreza.Que los vecinos están conscientes de la necesidad de prevenir los riesgos vinculados a las instalaciones de gas domiciliarias, no obstante ello, esta medida implementada en forma abrupta les impide su cumplimiento.Que esta decisión se ha llevado a cabo sin contemplar la situación socio-económica de los residentes ni el contexto inflacionario actual, estipulando plazos irrisorios para su cumplimiento.Que ante este panorama tampoco desde la empresa se han impulsado acciones que faciliten a los vecinos la adquisición de los artefactos adecuados a un bajo costo.Que incluso resulta incongruente que recién transcurrido el período de mayor consumo de gas y, el consecuente aumento de la...

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