Ordenanza n° 608/2007
Emisor | Municipalidad de Lavalle |
Fecha de la disposición | 5 de Noviembre de 0007 |
ORDENANZA Nº 608/2007 Lavalle, 11 de octubre de 2.007Visto: El Expte M.L. Nº 5053/2005, Caratulado "Club Jarilleros", s/Donación de Terreno, y;CONSIDERANDO:Que a Fs. 1 y 2 del mencionado Expte. se encuentra nota cursada desde la Comisión Directiva del Club Social y Deportivo "Jarilleros", del Distrito Jocoli Viejo, Departamento Lavalle, Provincia de Mendoza, con Personería Jurídica 931/07, solicitando la donación de terreno para la puesta en funcionamiento de complejo polideportivo;Que de Fs. 3 a la 14se encuentran copias de documentación de la Entidad que corroboran su normal funcionamiento;Que a Fs, 24 del citado Expte. obra información del Departamento de Planeamiento y Catastro Territorial de la Municipalidad de Lavalle, en la cual se expresa en el ultimo párrafo, la conveniencia de donar el terreno solicitado por la Entidad, debido a que el Municipio no tiene proyectada la construcción de un complejo Deportivo, encontrando factible la actividad d ese lugar por parte del Club;Que el Club Jarilleros se encarga de actividades deportiva dirigidas netamente a los jóvenes y niños del Distrito de Jocoli Viejo;Que dentro del funcionamiento de esta entidad, se encuentra la escuela de fútbol infantil de dicho distrito;Que el terreno solicitado es para la construcción de un complejo deportivo, donde los habitantes del departamento puedan practicar diversos deportes;Que entidades como estas son los pilares fundamentales para la contención de jóvenes y niños, expuestos actualmente a tantas malas practicas, como puede ser al alcoholismo, drogadicción, vandalismo, etc;Que en el Departamento de Lavalle, no existen complejos deportivos de magnitudes similares a los Polideportivos Municipales de Costa de Araujo y Villa Tulumaya;Que de acuerdo a lo informado a Fs. 24 y 25, y para lograr tal magnitud en superficie, es necesario reservar el terreno colindante al Norte del terreno pedido, constante de una superficie aproximada de 2 ha. 5905.62 m2, para futura ampliación del Complejo Deportivo que se pretende crear y de acuerdo al plano constante a Fs. 15;Que se cree conveniente otorgar el inmueble al Club Social y Deportivo Jarilleros, en tenencia precaria, para su funcionamiento y destinado a la creación de un Complejo Deportivo con actividades deportivas y recreativas para los mas pequeños;Por ello,EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAVALLEORDENA:Artículo 1º - Cédase en "Tenencia Precaria" al Club Social y Deportivo Jarilleros, una fracción de terreno ubicada en el...
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