Ordenanza n° 59/07

EmisorMunicipalidad de las Heras
Fecha de la disposición30 de Octubre de 0007

ORDENANZA Nº 59/07 Visto: El Expediente Nº 889-D-06 y sus acumulados 88-D-06 y 470-D-07, referente en el cual reviste la necesidad de realizar la Zonificación de usos del suelo de la Villa del Puente de Inca, condicionada ésta por su peligrosidad geológica, y;CONSIDERANDO:Que por Ordenanza Nº 99/90, se declaró Villa de Interés Turístico a la localidad de Puente de Inca, quedando pendiente su ordenamiento territorial.-Que resulta necesario promover el uso del suelo de la Villa en forma racional y ordenada, ocupando los espacios de acuerdo a su capacidad física.-Que esta acción se traducirá en un ordenamiento armónico y una mejora en la calidad de vida de la comunidad, debiendo quedar las actividades actuales y futuras restringida a la zonificación resultante.-Que ante la necesidad de asegurar las visuales panorámicas del Puente del Inca, declarado Monumento Natural por Ley Nº 7465, son impostergables las acciones para protegerlo, pudiendo declararlo Patrimonio de la Humanidad.-Que al encontrarse la Villa surcada por la Ruta Nacional Nº 7, provocando cruces peligrosos de vehículos e inseguridad para sus habitantes y turistas se hace necesario resolver los accesos vehiculares y circulaciones peatonales.Por ello,EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTEORDENA:Artículo 1º - Aprobar la zonificación y usos del suelo de la Localidad de Puente de Inca cuya disposiciones son de orden público e interés social, conforme al plano de zonificación adjunto que forma parte de la presente ordenanza.-Artículo 2º - El ordenamiento territorial está definido por un área de gestión delimitado al Norte por la Ruta Nacional Nº 7, al Sur por el Area Natural Protegida, al Este por el Arroyo Cementerio y al Oeste por el río Horcones.-Artículo 3º - El área de gestión se subdivide en las siguientes zonas:a) Zona Urbana: destinada a desarrollar las actividades existentes permitiéndose el uso residencial, turístico, comercial y administrativo.b) Zona de Amortiguación : destinada a proteger a la zona urbana de las eventuales amenazas naturales que puedan ocurrir, previéndose la construcción de defensas pasivas. En la zona se permitirán únicamente aquellas que no incluyan pernoctar en el lugar, como ser servicios y recreaciones.c) Zona de Acceso al Área Natural Protegida: de uso público permitiéndose la infraestructura y equipamiento necesario para la administración, control y vigilancia del área protegida.d) Zona Cuadro de Estación: destinada a desarrollar las actividades concernientes al...

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