Ordenanza Nº 5.041

EmisorMunicipalidad de Maipu
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2011

ORDENANZA Nº 5.041Visto: El Expediente H.C.D. Nº 420/F/2.011 y;CONSIDERANDO:Que deben unificarse criterios en torno al Programa Especial de Ordenamiento Catastral y TributarioQue es necesario regularizar y modernizar el Catastro Municipal, a través del ordenamiento del padrón actual, del empadronamiento general de la zona rural y, de la identificación de las propiedades que, contando con atención municipal, no tributan servicios.Que ello permitiría al Municipio incorporar los datos tanto de construcciones clandestinas como de propiedades servidas a los efectos de la regularización de tasas de servicios de la propiedad raíz, los derechos de edificación y obras en general y los demás derechos, contribuciones y gravámenes determinados por el código fiscal y la ordenanza tributaria vigente.Que existen situaciones de desigualdad entre los sujetos pasivos de las obligaciones tributarias producidas por la omisión de los trámites pertinentes, para obtener la aprobación de los planos de las construcciones clandestinas, que, apartándose o no deben encuadrarse en las normas vigentes del Ordenamiento Territorial de Uso de Suelo y del Código de Edificación Urbana.Que por ello se otorga la posibilidad de enmarcarse en los beneficios de la presente, a los contribuyentes que hubiesen omitido la realización de los trámites de aprobación o de pagos o derechos, o propietarios de construcciones ejecutadas clandestinamente que se hubieranefectuado sin el visado o la aprobación previa correspondiente.Que con el fin de identificar irregularidades se ejecutarán relevamientos por foto restitución y/o inspecciones domiciliarias, obteniendo así el saneamiento, depuración y actualización de la información de los contribuyentes colocándolos en igualdad de condiciones en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.Que a foja 05, las Comisiones permanentes de este Honorable Cuerpo emiten dictamen al respecto.Por lo antes expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1079 "Orgánica de Municipalidades";EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAIPÚORDENA:Artículo 1º - Establézcase el Programa Especial de Ordenamiento Catastral y Tributario.Artículo 2º - Esta norma tendrá alcance para aquellos contribuyentes que cumplimenten losrequisitos que establezca la presente.Artículo 3º - El Poder Ejecutivo Municipal deberá completar el relevamiento general del Departamento de Maipú en el término de un año a partir del 01 de noviembre de 2.011 para proceder al empadronamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR