Ordenanza N° 47791/CjD/94

FirmantesTrilla-Luaces
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorConsejo Deliberante
Fecha de la disposición28 de Julio de 1994

CONCEJO DELIBERANTE

ORDENANZA N° 47791/ CjD/ 94

OTORGA A LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO LABORAL (FUNDAL) LA CESIÓN DEL INMUEBLE MUNICIPAL SITO EN LA CALLE SENILLOSA 1749/51/53/55/57

Buenos Aires, 28/07/1994

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1°

Otórgase a la Fundación para el Desarrollo Laboral (FUNDAL), la Cesión del Inmueble Municipal sito en la calle Senillosa 1749/51/53/55/57, designado catastralmente en la Sección 38, Manzana 118, Parcela 18, conforme plano N° 432-C-69 obrante a fs. 14 del Expediente N° 7.379-C-92 (Registro del H.C.D.) con agregado de la carpeta N° 638-SE-FT93 y Expediente N° 35.407-93 (Registros del Departamento Ejecutivo).

Art. 2°

La referida. Cesión será por el plazo de veinte (20) años y a título gratuito.

Art. 3°

Toda deuda que irrogue el inmueble en cuestión durante el plazo cedido, tanto por relaciones contractuales como extracontractuales, correrán a cargo y por cuenta exclusiva de la cesionaria, deslindando la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires cualquier tipo de responsabilidad que le pudieran atribuir.

Art. 4°

Toda edificación, modificación y/o ampliación que se realice en el inmueble ubicado en Senillosa 1749/51/53/55/57, en el plazo referido en el Art. 2° del presente, quedarán bajo el Dominio de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, sin que ésta deba retribuir bajo ningún concepto por las construcciones ejecutadas.

Art. 5°

El Departamento Ejecutivo instrumentará la cesión referida, estableciendo los actos y obras permitidas respecto del citado inmueble, las causales de revocación de la presente cesión y toda otra cuestión de práctica que asegure el fiel cumplimiento de la finalidad que guía a esta ordenanza y los irrenunciables derechos de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires sobre la propiedad.

Art. 6°

Anualmente, a la finalización de cada año lectivo, la Secretaría de Educación de la M.C.B.A. deberá girar a este Concejo Deliberante un informe detallado de las actividades realizadas por la beneficiaria en el predio cedido, con especial atención a la nómina de beneficiarios. Dicho informe deberá ser suscripto por la Comisión Bipartita creada en el Acta Acuerdo realizada por "FUNDAL" con la Dirección del Area Educación Especial de la Secretaria de Educación y Cultura de la M.C.B.A...

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