Ordenanza N° 52386/CjD/97

FirmantesPandolfi-Clienti
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorConsejo Deliberante
Fecha de la disposición 2 de Diciembre de 1997

CONCEJO DELIBERANTE

ORDENANZA N° 52386/ CjD/ 97

OBJETO CUMPLIDO - DECLARA EL CESE DEFINITIVO DEL FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONAL DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y CREA EL PROGRAMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVO - CREACIÓN - COMISIÓN - PATRIMONIO - LEGISLATURA - EXPEDIENTES - PROYECTOS - BIENES

Buenos Aires, 02/12/1997

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA

ORDENANZA

Artículo 1°

Declárase el cese definitivo del funcionamiento institucional del Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires, que se concretará el 9 de diciembre de 1997.

Art. 2°

Créase el Programa de Gestión Administrativo del ex Concejo Deliberante en el área de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 3°

El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires designará al funcionario que se haga cargo de la gestión del programa y reglamentará sus obligaciones y atribuciones.

Art. 4°

Créase una Comisión integrada por el señor Presidente del Concejo Deliberante, señor Víctor Pandolfi; el Secretario Administrativo, señor Roberto Luaces; el Secretario Legislativo, doctor Roberto Clienti, y el contador general, doctor Jorge Giorno, que tendrá la misión de hacer entrega del patrimonio del Concejo Deliberante al funcionario designado en el artículo precedente bajo inventario.

Art. 5°

El funcionario responsable del Programa, asumirá la administración provisoria de los bienes, obligaciones y créditos del Concejo Deliberante, asegurando las medidas de preservación del patrimonio histórico cultural, en los términos del artículo 18 de la Ordenanza N° 52.237.

Art. 6°

Los bienes bajo custodia del funcionario a cargo del Programa, serán entregados a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, en el modo, tiempo y forma que ésta lo solicite.

Art. 7°

Determínase la caducidad del estado parlamentado de todos los expedientes originados en proyectos del Departamento Ejecutivo, de concejales y particulares ordenándose su remisión a la Dirección Ejecutiva de Despacho Legislativo, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva de Apoyo Legislativo (CEDOM).

Aquéllos que se encuentren en trámite en el Poder Ejecutivo a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza deberán ser remitidos a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en carácter de...

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