Ordenanza N° 52386/CjD/97
Firmantes | Pandolfi-Clienti |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Consejo Deliberante |
Fecha de la disposición | 2 de Diciembre de 1997 |
CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZA N° 52386/ CjD/ 97
OBJETO CUMPLIDO - DECLARA EL CESE DEFINITIVO DEL FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONAL DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y CREA EL PROGRAMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVO - CREACIÓN - COMISIÓN - PATRIMONIO - LEGISLATURA - EXPEDIENTES - PROYECTOS - BIENES
Buenos Aires, 02/12/1997
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA
ORDENANZA
Declárase el cese definitivo del funcionamiento institucional del Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires, que se concretará el 9 de diciembre de 1997.
Créase el Programa de Gestión Administrativo del ex Concejo Deliberante en el área de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires.
El Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires designará al funcionario que se haga cargo de la gestión del programa y reglamentará sus obligaciones y atribuciones.
Créase una Comisión integrada por el señor Presidente del Concejo Deliberante, señor Víctor Pandolfi; el Secretario Administrativo, señor Roberto Luaces; el Secretario Legislativo, doctor Roberto Clienti, y el contador general, doctor Jorge Giorno, que tendrá la misión de hacer entrega del patrimonio del Concejo Deliberante al funcionario designado en el artículo precedente bajo inventario.
El funcionario responsable del Programa, asumirá la administración provisoria de los bienes, obligaciones y créditos del Concejo Deliberante, asegurando las medidas de preservación del patrimonio histórico cultural, en los términos del artículo 18 de la Ordenanza N° 52.237.
Los bienes bajo custodia del funcionario a cargo del Programa, serán entregados a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, en el modo, tiempo y forma que ésta lo solicite.
Determínase la caducidad del estado parlamentado de todos los expedientes originados en proyectos del Departamento Ejecutivo, de concejales y particulares ordenándose su remisión a la Dirección Ejecutiva de Despacho Legislativo, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva de Apoyo Legislativo (CEDOM).
Aquéllos que se encuentren en trámite en el Poder Ejecutivo a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza deberán ser remitidos a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en carácter de...
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