Ordenanza Nº 4.840

EmisorMunicipalidad de Maipu
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2010

ORDENANZA Nº 4.840

Visto: El Expediente H.C.D. Nº 596/B/2010 (Municipalidad de Maipú Nº 23.102/2010 y adjunto: Expediente Municipalidad de Maipú Nº 20.653/2010); y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del Visto, la Señora Ana María Bustos, D.N.I. Nº 10.039.296, domiciliada en Calle Mallea Nº 3122, Luzuriaga, Maipú, Mendoza, solicita autorización para instalar un medio móvil en una rotonda del Parque Metropolitano del Sur, para comercializar golosinas, bebidas sin alcohol, comestibles y elaborados, a localizar en una rotonda del Parque Metropolitano del Sur.

Que dicho comercio fue habilitado en octubre del 2002, según Expediente 570/02, bajo la caracterización de vendedor ambulante para estacionar dentro del departamento y que por razones de salud de su esposo, tal habilitación quedó suspendida.

Que a foja 07 la Dirección de Fiscalización y Control expresa que no existen denuncias respecto al desarrollo de la actividad, que la legislación vigente no permite la instalación fija en la vía pública y que en caso de permitirse la instalación, dicho permiso deberá ser condicionado a un lugar específico reglamentado por la gente que gestiona el Parque Metropolitano, permitiendo su retiro en caso de causa fundada por el Ejecutivo en el momento que este así lo resuelva; y cumplir con toda la normativa concerniente al Código Alimentario Argentino y los propios de la actividad.

Que a foja 17, obra informe de Asesoría Letrada.

Que a fojas 18 y 18 vta. Obra informe de la Sub Dirección de Planificación Territorial.

Que a foja 19 la Secretaría de Infraestructura y Servicios informa que la recurrente manifiesta a fojas 01 y 02, que dicha actividad es la única fuente de ingreso de su familia y que mientras ejerció la misma no hubo inconvenientes de ningún tipo.

Que las Comisiones permanentes de este H. Cuerpo, han evaluado lo actuado, emitiendo Despacho favorable, según dictamen a foja 20.

Por lo antes expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.079 "Orgánica de Municipalidades";

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAIPÚ

ORDENA:

Artículo 1º

Autorízase a la Señora Ana María Bustos, D.N.I. Nº 10.039.296, domiciliada en Calle Mallea Nº 3122, Luzuriaga, Maipú, a instalar un medio móvil en un lugar específico reglamentado por los gestionadote del Parque Metropolitano del Sur, para comercializar golosinas, bebidas sin alcohol, comestibles y elaborados; permitiendo su retiro en...

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