Ordenanza Nº 2.739/2016

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición22 de Agosto de 2016

Créase el Centro de Mediación Municipal para todo el Ámbito del Departamento de Gral. San Martín.

Visto el Expte. Nº 238/2016 HCD, iniciado por la Sra. Concejal del Bloque Justicialista, Andrea Sacre, mediante el cual solicita la creación del Centro de Mediación Municipal, y;

CONSIDERANDO:

La importancia que reviste en la actualidad generar ámbitos que permitan la resolución pacífica de conflictos que afectan a la convivencia cotidiana evitando así la instancia judicial.

Que a nivel nacional, se sancionó en el año 2.010 la Ley de Mediación y Conciliación Nº 26.589, la cual dispone en su artículo 1º lo siguiente:

"Se establece con carácter obligatorio la mediación previa a todo proceso judicial, la que regirá por las disposiciones de la presente ley.

Este procedimiento promoverá la comunicación directa entre las partes para la solución extrajudicial de la controversia".

Que Mendoza no cuenta en la actualidad con una Ley de Mediación, como si tienen otras Provincias como Córdoba, Santa Fe, Salta, entre otras, pero en los Departamentos de Godoy Cruz, Guaymallén, Luján y Maipú, se ha implementado la mediación comunitaria con excelentes resultados.

Que la mediación comunitaria es un servicio gratuito y confidencial que se ofrece a los vecinos, disponible para las personas y/o instituciones que se enfrentan en un conflicto de convivencia vecinal y están interesadas en resolverlo a través del diálogo.

Que a través de un procedimiento voluntario, rápido y poco estructurado, con la asistencia de un tercero neutral que actúa como mediador y conduce el proceso de la comunicación, se intenta que los propios interesados puedan lograr acuerdos mutuamente satisfactorios.

Que la creación de un ámbito específico para la mediación municipal, tiene como objetivo central mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, permitiendo la resolución de conflictos en forma pacífica y evitando la instancia judicial.

Que el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno, será la encargada de dotar del personal encargado de llevar a cabo el proceso de mediación, pudiendo en principio contar con un abogado o psicólogo mediador quien comience con la tarea, para luego dotar de mayor personal conforme sea el resultado de la implementación del sistema.

Que la mediación municipal busca:

• Generar espacios alternativos de resolución pacífica de conflictos.

• Respetar la idiosincrasia y las características de cada comunidad dentro de la Ciudad.

• Fomentar la participación para que la gente pueda analizar situaciones y evaluarlas con criterios objetivos.

Que un tercero neutral, el mediador, facilita la comunicación entre las partes que intervienen en la mediación y las acompaña en la búsqueda de soluciones mutuamente satisfactorias al conflicto que los vincula.

A partir de opciones y propuestas sugeridas por los propios interesados, se logran convenios que tienen el alcance de acuerdos privados.

Que en el marco de este servicio, se entiende por "conflicto vecinal" al problema que se presente como consecuencia de la interrelación - por acción u omisión - entre dos personas de existencia física o ideal, en la cual al menos una de ellas puede definirse como "vecino", por ej.: problemas de vecindad, de medianería, uso indebido de espacio, conflictos barriales, etc.

Que se podrán someter a un proceso de mediación, aquellos conflictos que hacen a la convivencia entre vecinos, los que podrán resolver en mediación problemas tales como: inadecuado uso de espacios comunes, filtraciones y humedad, utilización de la medianera, ruidos molestos, olores desagradables, es decir conflictos que hacen estrictamente a la convivencia vecinal.

Por ello de conformidad a lo dictaminado por la Comisión de Asesoramiento Permanente en Legislación y Varios, el Honorable Concejo Deliberante de Gral. San Martín, Mza., en uso de sus facultades conferidas por Ley, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.739/2016

I - Creación

Artículo 1º

Créase el Centro de Mediación Municipal para todo el ámbito del Departamento de Gral. San Martín, Mendoza, con los objetivos y alcances previstos en la presente Ordenanza.

II - Objetivos y Alcances

Artículo 2º

Son objetivos del Centro de Mediación Municipal:

  1. Implementar un proceso participativo de administración y resolución de conflictos entre vecinos.

  2. Fortalecer y articular...

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