Ordenanza Nº 2.134

EmisorMunicipalidad de Tunuyan
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2009

ORDENANZA Nº 2.134Tunuyán, 2 de octubre de 2009Visto: Que en los últimos años se instaló la modalidad de "Loteos Privados" dentro del Departamento; yQue es menester agregar en la Ordenanza Tarifaria este nuevo rubro; yCONSIDERANDO:Que actualmente el cobro de las tasas municipales correspondientes a los ítems que incumben a dichos emprendimientos se efectúa por comparación a categorías de características afines.Que tales características, si bien similares, no se ajustan en un todo a las condicionantes que esta tipología urbana genera, principalmente en cuanto a prestación de servicios por parte del municipio, menor en este caso, como así también a la no ocupación temporal de sus terrenos, que al formar parte de un lugar cerrado no deben considerarse como baldíos.Que leído el Proyecto de Ordenanza, en Sesión Ordinaria del día de la fecha, es tratado Sobre Tablas, y en cuarto intermedio es elaborado el Despacho de la Comisión de Obras Públicas y Medio Ambiente, resultando aprobado en forma unánime.Por elloy en uso de sus facultadesEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TUNUYÁNORDENA:Artículo 1º - Agréguese la presente eximición al Art. 6º del Capítulo I "Servicios a la Propiedad Raíz" de la Ordenanza Tarifaria 2.009 el Inc. 5º, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Terrenos Baldíos que se encuentran dentro de un loteo Privado totalmente cerrado con mampostería, cierre olímpico u otro que delimiten la propiedad, impidiendo el paso a personas ajenas a la misma".Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, y dése al Registro de Ordenanzas.Irma Gladys SánchezPresidente H.C.D.Susana Gabriela MocayarSecretaria H.C.D._____DECRETO Nº 594Tunuyán, Mza. 13...

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