Ordenanza N° 1.828/2.016

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición16 de Junio de 2016

ORDENANZA N° 1.828/2.016

Visto: El contenido del Expediente N° 3.962 HC 248 - 2.016. Bloque Justicialista Frente Para La Victoria. Proyecto de Ordenanza: Plan Forestal Departamental 2.016 y fortalecimiento de Cortinas Forestales en la Ciudad y Localidades del Departamento.

La legislación provincial referida a la preservación y control de arbolado público (Ley N° 7874/08); Ordenamiento Territorial Provincia de Mendoza (Ley N° 8051/09); Prórroga Ley de Inversión para bosques cultivados (N°8432/12) y comodato a favor de la Municipalidad de Malargüe de la Cortina Forestal (Nº 8232/10), y;

CONSIDERANDO:

Que el régimen de preservación y control de arbolado público de la Provincia de Mendoza, Ley 7874/08, establece como autoridad de aplicación a la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a través de la Dirección de Recursos Naturales Renovables, la cual debe conservar, proteger, preservar y desarrollar el arbolado público a través de los municipios como autoridad competente.

Que el Decreto Reglamentario N° 1099 de la Ley 7874 establece la descentralización y gestión asociada con los municipios a través de convenios específicos para la recuperación de arbolado público, como así también recomienda se adecúen los códigos de edificación a los efectos de asegurar el espacio vital al arbolado.

Que en el marco de la Ley 8051 se establece 3a elaboración de Planes Municipales de Ordenamiento Territorial con objetivos específicos en los que se destaca el de establecer mecanismo para la preservación del arbolado público urbano y rural.

Que a nivel Nacional se encuentra vigente el régimen de promoción de las inversiones para emprendirnientos forestales y ampliación de bosques existentes que contempla la Ley Nacional N° 25.080, la cual ha sido prorrogada según Ley 25.432/08.

Que el Gobierno de la Provinciaadhiere a la promoción de inversiones para bosques cultivados a través de la Ley N° 8432 del año 2.012, cuyo Artículo 2° invita a los municipios a adherir y consignar los beneficios que el Municipio otorga.

Que en el marco de este régimen el Gobierno de la Provincia celebró un convenio con la Municipalidad, que consiste en desarrollar tareas de Prodcción de estacas forestales en Vivero Malargüe, para lo cual la Dirección Recursos Naturales Renovables facilita el predio con plantas madre de diferentes especies de álamos para la producción de forestales y el...

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