Ordenanza Nº 1.643/16
Emisor | Municipalidad de San Carlos |
Fecha de la disposición | 15 de Diciembre de 2016 |
ORDENANZA Nº 1.643/16
Visto: El Expediente Nº222829-C-16 elevado por el Departamento Ejecutivo por el cual se solicita tratamiento de donación de un terreno a la Cooperativa de Vivienda, Urbanización y Servicios Públicos y Consumo Acción Limitada, y;
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza promulgada por el Honorable Concejo Deliberante se desafecto la donación del terreno, propiedad de la Municipalidad de San Carlos en la Zona Industrial de Pareditas donado a la Asociación Mutual para el Personal Policial (A.M.U.P.P.O.L), delegación San Carlos;
Que el inmueble se encuentra ubicado con frente a calle Publica, constante de una superficie aproximada de 3 has 4.000,00 m2;
Que en las atribuciones que posee el Honorable Concejo Deliberantes conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1079, en su Art. 71 - apartado 4, esta el dictar Ordenanzas, Resoluciones y Pedidos de Informe;
Atento a ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS
ORDENA:
Dónese a la Cooperativa de Vivienda, Urbanización y Servicios Públicos y Consumo Acción Limitada, CUIT 30-6769140-4, un terreno ubicado en la Ex Zona Industrial Pareditas, con frente a calle Publica s/n, constante de una superficie aproximada de 3 has y 4.000,00 m2, que incluye superficie destinada a calles y ochavas que serán liberadas al uso y dominio publico por la Municipalidad de San Carlos;
La fracción donada posee los siguientes límites y medidas perimetrales:
Superficie según mensura: 3 has 4.000,00 m2
Norte:
Con colector aluvional en 312.00 mts.
Sur:
Con Municipalidad de San Carlos en 312.00 mts.
Este:
Con Municipalidad de San Carlos en 112.23 mts.
Oeste:
Con Municipalidad de San Carlos en 109.00 mts.
Los requisitos y condiciones para la entrega de los inmuebles, construcciones de viviendas u otros aleatorios, por parte de las entidades son los ya establecidos en Ordenanzas y Decretos Municipales, Resoluciones del IPV y requisitos de la Subsecretaria de Viviendas de la Nación, como así la documentación necesaria para la inscripción ante el Registro de la Propiedad Raíz, requerida por la Dirección de Hacienda Municipal a través del Departamento de Catastro.-.
El cargo a cumplimentar para comenzar con la ejecución de las obras, es de dos (02) años a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-.
Las...
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