Ordenanza Nº 1.523/14

EmisorMunicipalidad de San Carlos
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2014

ORDENANZA Nº 1.523/14

Visto: El Expediente N° 202559-E-14 donde se plantea la modificación de la Ordenanza 1508/14 en su Artículo 1°, y;

CONSIDERANDO:

Que la donación de terreno requerido permitirá la construcción de una Escuela donde funcionaran: La Escuela Especial de Formación Integral N° 7-016 sin nombre, de jóvenes discapacitados múltiples creada por Resolución 475 del 8/4/14 y la Escuela CEBJA N° 3-060 Maestro Aníbal Simonovich;

Que estas Escuelas permitirán que los jóvenes de nuestro departamento continúen con sus estudios;

Atento a ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Artículo 1º

Modifíquese el Art. 1° de la Ordenanza 1508/14, que quedara redactado de la siguiente manera: " Dónese a la Dirección General de Escuela una fracción de terreno constante de una superficie aproximada de 4.025.00 m2 para la construcción de una Escuela, donde funcionaran la Escuela Especial de Formación Integral N° 7-016 y el CEBJA N° 3-060 "Maestro Aníbal Simonovich"; dicho terreno está ubicado con frente a calle Proyectada s/n° del distrito de Eugenio Bustos".-.

Artículo 2º

Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.-.

Dado en la Sala de Sesiones a los veintidós días del mes de Diciembre del año dos mil catorce.

Martín Alejandro Morillas

Presidente H.C.D.

Lucas Manuel Gorrindo

Secretario H.C.D.

______

DECRETO Nº 2.124/2014

San Carlos, 23 de diciembre

de 2014.

Visto la Ordenanza Nº 1523/2014 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que la misma se refiere a la donación de terreno

a la Dirección General de Escuelas una fracción de terreno para la construcción de la Escuela Especial de Formación Integral N° 7-016 y el CEBJA N° 3-060

Que Asesoría Letrada da el visto bueno para el dictado de la norma legal respectiva;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL DEPARTAMENTO

DE SAN CARLOS

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase presente y cúmplase en todas sus partes para la Municipalidad de San Carlos, la Ordenanza.

N° 1523/2014.

Artículo 2º

Cumpliméntese lo dispuesto en la Ordenanza que por el presente decreto se promulga a través de Secretaría.

de Obras y Servicios Públicos, Departamento Agrimensura, Dirección de Vivienda, Obras Privadas, Dirección de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR