Ordenanza n° 1.327/2.005
Emisor | Municipalidad de Malargue |
Fecha de la disposición | 30 de Septiembre de 0005 |
ORDENANZA Nº 1.327/2.005 Visto el Expte. Nº 31.074-2.005. Departamento Ejecutivo. Prevención de riesgos, diversión nocturna de jóvenes en boliches, discoteques y otros locales, elevado a este Honorable Concejo Deliberante y,CONSIDERANDO:Que el vacío legal que existe sobre normas municipales referidas a la seguridad edilicia de locales de diversión nocturna, priorizando para ello los aspectos preventivos, obliga a resolver sobre el particular.Que haciendo un análisis en conjunto la Secretaría de Desarrollo Económico; Departamento de Rentas; Departamento de Bromatología y Área Desarrollo Económico, trabajaron para unificar normas municipales referida a la seguridad edilicia de locales de diversión nocturna, priorizando para ello los aspectos preventivos y obligatorios.Que es necesario unificar para proteger la salud, integridad y moral de nuestros jóvenes que asisten periódicamente a estas zonas de recreación, adecuando nuevas exigencias con el fin de proporcionar seguridad y prevenir riesgos vinculados con la diversión nocturna.Que la Comisión de Educación, Higiene, Moralidad y Acción Social, sugiere acceder a lo peticionado.Que la Comisión de Hacienda, Presupuesto, Legislación y Asuntos Constitucionales, realizó una nueva reunión con quienes solicitan la normativa allí se intercambiaron opiniones y distintos puntos de vista.El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe en uso de las Facultades que le son propiasORDENA:Artículo 1º - Oblíguese a toda persona de existencia física o ideal, que explote a cualquier título locales públicos de diversión nocturna a dar cumplimiento a las siguientes exigencias:Será exclusivo paramayores de 18 años.a) Fijar el horario de apertura y funcionamiento a partir de no más de las 22:00 (veintidós) horas.b) Disponer de un servicio telefónico, semipúblico o telefonía celular, en el interior de su establecimiento.c) Contar con personal de seguridad de ambos sexos, que cumpla las normas reglamentarias vigentes.d) Realizar campañas de difusión en sus establecimientos tendientes a esclarecer sobre las consecuencias del uso de estupefacientes, así como el consumo de alcohol.e) Contratar un servicio de atención de emergencia médica que estará a disposición de los clientes.f) Efectuar una adecuada iluminación y señalización vial en zonas de ingreso y egreso a los locales.g) Permitir el acceso y permanencia de jóvenes en sus establecimientos desde los 18 (dieciocho) años, evitando realizar cualquier tipo de...
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