Ordenanza n° 1.301/2005

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición28 de Julio de 0005

ORDENANZA Nº 1.301/2005 Visto el contenido del Expte. Nº 2.314 HC 132 - 2004 Bloque Justicialista Dr. Néstor Kirchner. Proyecto de Ordenanza: Prohibición a la venta de cigarrillos a menores de 16 años en el ámbito del Departamento de Malargüe.Que la juventud es un blanco especial de la publicidad de las compañías tabacaleras del mundo, que ignoran el sufrimiento que causa el hábito de fumar y sus graves consecuencias, y;CONSIDERANDO:Que el convenio marco para el control del tabaco es el primer acuerdo mundial de salud pública para reducir el consumo de cigarrillos. Fue aprobado por unanimidad el 21 de mayo en Ginebra por los 192 miembros de la Organización Mundial de la Salud, pero para que entre en vigencia, requiere la firma y la ratificación parlamentaría de 40 países, con la firma del Presidente argentino ya son 44 los Estados adherentes siendo Noruega el único que lo ratificó a nivel legislativo.Que a partir de la firma, el gobierno argentino promoverá la sanción de leyes que limiten lo máximo posible la publicidad y promoción del tabaco, aumenten los impuestos a los cigarrillos para disminuir sus ventas y amplíen los espacios libres de humo para proteger al fumador pasivo.Que el convenio marco aprobado en mayo pasado en Ginebra, recomienda medidas concretas en la lucha contra el tabaco:• Impulsar medidas relacionadas con los precios e impuestos como medio eficaz para reducir el consumo de tabaco.• Que cada país de acuerdo a su legislación, adopte medidas para prohibir fumar en lugares de trabajo, medios de transporte público y lugares públicos cerrados.• A partir de la entrada en vigor del Convenio marco, habrá un período de tres años para que se abandonen en los paquetes de cigarrillos términos como “Ultra ligeros”, “Suaves” o “Bajo contenido en alquitrán”, considerando que son términos falsos y engañosos.• Las advertencias en los paquetes deberán ser rotativas, grandes, visibles y legibles y deberán ocupar el 50% de la superficie expuesta del paquete y nunca menos del 30%.• Cada país, de acuerdo a su legislación, procederá a una prohibición total de toda forma de publicidad, promoción o patrocinio del tabaco.• Se prohibirá la fabricación y venta de dulces, refrigerios, juguetes u otros objetos que tengan forma de productos de tabaco y puedan resultar atractivos para los menores.Que en la Provincia de Mendoza según las estadísticas fuma más del 40% de la población, en la Argentina mueren por año 45.000 personas por causas relacionadas...

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