Ordenanza, Honorable Concejo Deliberante de Rawson, Ordenanza N° 5681/04

Fecha de publicación20 Octubre 2004
Tipo de documentoORDENANZA
Número de Gaceta9601
SecciónSección Oficial
Miércoles 20 de Octubre de 2004 BOLETIN OFICIAL PAGINA 21
Artículo 2°.- TRASLADAR TRANSITORIAMENTE por
vía de excepción, a escuelas dependientes de la Supervi-
sión Seccional Región III de Esquel, a la Directora Titular
(ID N° 2367) de la Escuela N° 143 -jornada simple- de
Comodoro Rivadavia, señora VEGA, Teresa del Carmen
(M.I. N° 06.542.004 - Clase 1951), por el período lectivo
2004.
RESOLUCIONES CONJUNTAS
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA,
PLANEAMIENTO Y SERVICIOS PÚBLICOS
Res. Conj. N°
IV-100 SDS y XII-81 SIPySP 22-09-04
Artículo 1°.- Exceptuar el presente trámite del criterio
de irretroactividad establecido en el Artículo 32° del De-
creto Ley 920, por aplicación del punto 3) de la misma nor-
ma. Artículo 2°.- Asignar funciones en la Dirección Pro-
vincial de Transportes, dependiente de la Subsecreta-
ría de Servicios Públicos, Secretaría de Infraestructu-
ra, Planeamiento y Servicios Públicos, al agente
Cristian Marcelo PISCIA (M.I. N° 22.866.109 - Clase
1972), Cargo Peón Categoría 4 - B - Agrupamiento
Personal Servicios Generales con 40 horas semana-
les de labor - Ley 3158 - de la Dirección de la Juven-
tud, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Humano y Familia de la Secretaría de Desarrollo So-
cial, a partir del 05 de julio de 2004 y hasta el 31 de
diciembre de 2004.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Res. Conj.
N° XIII-409 ME y III-70 MEyCP 13-09-04
Artículo 1°.- Asignar funciones a partir de la fecha de
notificación de la presente Resolución y por el término de
noventa (90) días, en la Dirección General de Administra-
ción dependiente de la Subsecretaría de Gestión Presu-
puestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público, a
la agente María Cristina FARIAS (M.I. N° 5.748.558 - Cla-
se 1948), quien revista en un cargo de Ordenanza A -
Código 1-016 - Clase V - Agrupamiento Personal de Servi-
cio - Planta Temporaria, dependiente del Ministerio de Edu-
cación.
Artículo 2°.- Disponer que finalizado el término esta-
blecido en el Artículo anterior, la Subsecretaría de Gestión
Presupuestaria deberá absorber a la agente María Cristi-
na FARIAS, caso contrario debe reintegrarse a su lugar de
origen.
Artículo 3°.- Establecer que el Organismo en el que
preste funciones la agente María Cristina FARIAS, deberá
remitir al Ministerio de Educación, un informe mensual de
la asistencia.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y MINISTERIO DE
COORDINACIÓN DE GABINETE
Res. Conj.
N° XIII-451 ME y V-168 MCG 30-09-04
Artículo 1°.- Exceptuar el presente trámite del criterio
de irretroactividad por aplicación del Artículo 32°, Punto 3)
del Decreto Ley N° 920.
Artículo 2°.- Prorrogar la asignación de funciones a
partir del 27 de Febrero de 2004 y hasta el 31 de diciembre
de 2004, en la Subsecretaría de Información Pública de-
pendiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, al
agente José Camilo HERNÁNDEZ (M.I. N° 16.284.531 -
Clase 1963), quien revista en un cargo de Portero de Es-
cuela, Código 1-019 - Clase V del Agrupamiento Personal
de Servicios, Planta Permanente del Centro de Educación
Física N° 26 de Trelew, dependiente del Ministerio de Edu-
cación.
ORDENANZA
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE RAWSON
Ordenanza N° 5681/04.
VISTO: La Ordenanza N° 5214; y
CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional de Etica Pú-
blica N° 25.188 establece los deberes y pautas de com-
portamiento ético de los funcionarios públicos;
Que nuestro país ha ratificado, mediante la Ley N°
24.759, la Convención Interamericana contra la Corrup-
ción, primer instrumento internacional mediante el cual los
Estados de América definen objetivos y adoptan obligacio-
nes, no sólo desde el punto de vista político, sino también
jurídico, en la lucha contra la corrupción;
Que la Ley Provincial N° 4816 legisla sobre la ética en
la función pública provincial e invita a los Municipios a ad-
herir a la misma;
Que en la presente Ordenanza se establecen los prin-
cipios que deben guiar la acción del funcionario público
municipal, tales como, la probidad, honestidad, eficiencia,
idoneidad y responsabilidad;
Que la Constitución Provincial, en el Título II Gobier-
no Municipal- Autonomía Artículo 225° establece: Los
municipios son independientes de todo otro poder en ejer-
cicio de sus funciones y gozan de autonomía política, ad-
ministrativa y financiera, con arreglo a las prescripciones
de esta Constitución;
Que ante la inminente sanción de la Carta Orgánica
Municipal, se considera oportuno dictar un régimen pro-

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