Ordenanza Nº 6.128/12

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2012

ORDENANZA Nº 6.128/12Visto: El expediente Nº 4697-H-12, caratulado: Interbloque Frente Civico Federal - Conc. Jorge Teves - s/Modificación de Ordenanza N° 1934Art. 30;yCONSIDERANDO:Que por Ordenanza N° 6067/12 se incorporaron al Código Tributario Municipal los incisos j), k) y l).Que el espíritu de la ordenanza mencionada es generar un ámbito más benévolo parael desarrollo de las actividades que realizan los centros de jubilados y culturales.Que para ello se pretende la eximición del pago de tasas municipales al igual que otrasinstituciones intermedios que cumplen con fines sociales y aportan a una mejor calidad de vida de los vecinos de Godoy Cruz.Que la actual redacción de los incisos incorporados no es la más adecuada para el propósito arriba planteado.Que se estima procedente acceder a lo peticionado.Por ello:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENA:Artículo 1º - Modífícanse losincisos j), k) y l)del artículo 30 de la Ordenanza 1934, losque quedarán redactados de la siguiente forma:j) Los centros de jubilados con personería jurídica y sin fines de lucro, por los inmuebles destinados al desarrollo de sus actividades, sean propias o en alquiler, siempre que se justifique mediante instrumento legal.k) Los centros culturales con personería jurídica, sin fines de lucro y cuyo objeto social comprenda impartir cultura y/ola prestación de servicios de esparcimiento a la comunidad en los inmuebles de su propiedad o en alquiler, siempre que se justifique mediante instrumento legal.l) Instituciones con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR