Ordenanza Nº 6.118/12

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2012

ORDENANZA Nº 6.118/12Visto: El expte. Nº 33116-H-12, caratulado: “Proyecto Modificación de Ordenanza 4809/02 Paseo de Los Artesanos”CONSIDERANDO:Que es necesario ordenar la actividad que desarrollan los artesanos del Departamento de Godoy Cruz.Que existe la necesidad de lograr los siguientes objetivos:• Promover la expresión Artística y Artesanal• Proteger y defender el patrimonio regional• Facilitar a los artesanos un lugar permanente y seguro para la exposición de sus productos y la comercialización de los mismos,Que analizados estos actuados, se estima procedente derogar la Ord. 4809/02 y sancionar una nueva disposición para ordenar la actividad artesanal en Godoy Cruz.Por ello:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENA:Artículo 1º - A los fines de la presente ordenanza se considera Artesanía al producto final obtenido a partir de procesos creativos, imaginativos y personales, cuya elaboración se basa especifica y exclusivamente en la transformación racional de materiales de origen natural mediante técnicas manuales, sin la intervención de maquinaria industrial, aspecto necesario para la obtención de valor agregado y el carácter de pieza única.Artículo 2º - se define como Artesano a todo trabajador que de acuerdo a su oficio e imaginación, se dedique personalmente a la elaboración de objetos, utilizando la habilidad de sus manos con escasos recursos instrumentales destinados a ampliar una función utilitaria o estética expresando la creatividad de un individuo o grupo.Artículo 3º - La feria se denomina “Paseo Godoy Cruz Artesano”, ubicada en los cuatro costados de la plaza Departamental (calles, Colón, Lavalle, Perito Moreno y Rivadavia).Artículo 4º - La Dirección de Producción y Empleo tendrá a cargo la realización de convocatorias, extensión de habilitaciones, suspensiones y revocaciones de permisos. Los permisos serán gratuitos, intransferibles, periódicos y personales.Artículo 5º - Las cuestiones operativas del Paseo serán reguladas a través de un Reglamento el cual será dado a conocer a todo participante del mismo.Artículo 6º - A cada feriante se le extenderá una credencial que contendrá nombre del titular del puesto, rubro, fecha y firma y sello del funcionario interviniente.Artículo 7º - El ente ejecutivo, que será la Dirección de Producción y Empleo, se reserva el derecho de darle perfil y estética a la feria decidiendo modelo y color del stand, adaptándose a las características del lugar, no pudiendo éstos ocupar los ingresos a la...

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