Ordenanza Nº 6.110/12

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2012

ORDENANZA Nº 6.110/12

Visto: El expte. Nº 4550-H-12, caratulado: “Conc. Cattaneo Cesar Interbloque Frente Cívico Federal – s/Dictar Cursos de Manipulación de Alimentos”; y

CONSIDERANDO:

Que a través de estas actuaciones, el Conc. Cattaneo presenta un proyecto para educar y concientizar a la población sobre la manipulación higiénica de los alimentos, a fin de colaborar a conformar un Sistema de Seguridad Alimentario y al Desarrollo Local.

Que existe una relación directa y demostrada entre una inadecuada manipulación de los alimentos y la transmisión de enfermedades a través de éstos.

Que la higiene personal y los saludables hábitos higiénicos de los manipuladores de alimentos constituyen uno de los mecanismos más eficaces para prevenir las toxiinfecciones alimentarias entre los consumidores.

Que está demostrado que cuando los manipuladores de alimentos realizan un incorrecto manejo de los mismos, incide directamente en la aparición de enfermedades de transmisión alimentaria, las llamadas toxiinfecciones alimentarias. Las medidas higiénicas son una de las medidas más eficaces para prevenirlas, y para alcanzar esa meta, es importante una formación continua.

Que el Codex Alimentarius FAO/OMS, el Código Alimentario Argentino - Ley Nº 18428/69 - y el Digesto Sanitario, el Decreto Nº 4238/68, reconocen la capacitación como eje de transformación necesario en el tema en cuestión.

Que la capacitación que implemente la Municipalidad debe tener como finalidad colaborar con la protección y preservación de la Salud Pública, reconociendo a la Educación y Capacitación como herramientas de transformación y crecimiento para el bienestar de la comunidad.

Que con el fin de promover los buenos hábitos en el manejo de alimentos y prevenir posibles enfermedades en las personas, se considera procedente sancionar la presente disposición con el objeto de preservar la salud de los vecinos.

Que analizados estos actuados, se estima procedente remitirlo al D.E. para que estudie la factibilidad de esta presentación.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ

ORDENA:

Artículo 1º

Facúltase al Ejecutivo Municipal a dictar Cursos de Manipulación de Alimentos Anual Obligatorio para toda persona que manipule, produzca, elabore, comercialice o transporte alimentos o sus materias primas, ya sean estos establecimientos...

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