Ordenanza Nº 6.436

MUNICIPALIDAD DE DOLORES.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.

Ordenanza Nº 6.436.

Dolores, 26 de octubre de 2012.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ARTÍCULO PRIMERO

Declárase el carácter de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para el proyecto de construcción de obras de pavimentación en la localidad de Dolores, y apruébase el sistema de Contribución por Mejoras para la cancelación de su costo por parte del Municipio.

ARTÍCULO SEGUNDO

La obligación establecida en el artículo anterior regirá, en los términos de la presente Ordenanza, hasta la completa cancelación de la deuda generada por el financiamiento de las obras, imponiéndose su percepción...

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