Ordenanza 3.831

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2012

ORDENANZA 3.831Prohibiendo la Instalación de Complejos para la Realización de "Paintball"Visto: El expediente H.C.D. Nº 124-C-2012, caratulado "Concejales: Martinez, Gonzalez, Suarez, Eisenchlas, Rubio. De Lucia, Farias y Migliozzi - Bloque U.C.R. e/Proyecto de Ordenanza Prohibiendo la Instalación de Complejos para la Realización de Paintball" y;CONSIDERANDO:Que la Carta de las Naciones Unidas, fundamenta y da origen a la Organización de las Naciones Unidas de la que la República Argentina forma parte como miembro activo y la resolución Nº 8.329 de este Honorable Cuerpo adhiriendo a la Carta de la Tierra previamente aprobada por la Unesco.Que la Carta de las Naciones Unidas en su preámbulo establece como objetivo fundamental afianzar las relaciones de paz, tolerancia y convivencia entre naciones y personas de todos los Estados.Que la Carta de la Tierra, promovida internacionalmente a través de la UNESCO, es una declaración internacional de principios, aspiraciones y propuestas para una sociedad justa y pacífica siendo uno de sus principales ejes rectores la "Democracia, no violencia y paz" promoviendo estos aspectos en todos los ámbitos de la vida cotidiana llamando individual y colectivamente a adoptar una forma de vivir basada en la solidaridad, la sustentabilidad, la tolerancia, el respeto y la paz.Que este Honorable Cuerpo ratifica su función como agente promotor de la paz, el respeto, la solidaridad, la cooperación y la no violencia en el ámbito de la Ciudad de Mendoza tanto para sus vecinos como para quienes a diario encuentran en ella asidero de sus actividades ordinarias.Que este Honorable Concejo Deliberante asume y toma partido en la facilitación del ejercicio de todos los derechos individuales y el respeto de todas las garantías personales en lo que a sus atribuciones legales respecta.Que este Honorable Concejo Deliberante ha manifestado en reiteradas oportunidades su intención de interactuar con vecinos, visitantes, turistas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, organizaciones con y sin fines de lucro etc. para afianzar las relaciones de paz, convivencia, buenos tratos y tolerancia en el ámbito de la Ciudad de MendozaQue la integridad física es una dimensión fundamental de la vida de las personas y es necesario asegurar su promoción, protección y resguardo de cualquier amenaza o afección.Que atento a lo expuesto es necesario regular en el ámbito de la Ciudad de Mendoza, la realización de actividades que de una u otra forma...

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