Ordenanza Nº 2.543/2012

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2012

Autorízase al Departamento Ejecutivo, a actualizar la Base de Datos Catastral Municipal.Visto el Expte. Nº 7611/2012 D.E., iniciado por Dirección de Finanzas y Control, mediante el cual eleva proyecto de Ordenanza de Régimen Especial de Regularización de Obras Particulares, y;CONSIDERANDO:El relevamiento de datos efectuados por el Operativo de Constatación de Datos Catastrales mediante imágenes satelitales; los datos obrantes en las Bases de Datos Catastrales de la Provincia de Mendoza y de la Municipalidad de Gral. San Martín y la necesidad de regularizar y actualizar el Catastro Municipal, por las construcciones no declaradas, determinando la situación tributaria de ciertos contribuyentes.Que el objetivo perseguido mediante el O.C.D. (Operativo de Constatación de Datos) Catastral, apoyado por relevamientos mediante imágenes satelitales, es la detección de superficies cubiertas de propiedades que no se encuentran debidamente incorporadas en la base de datos municipal.Que las detecciones efectuadas mediante este procedimiento, están destinadas a incrementar las bases imponibles, con el fin de generar un salto cualitativo en los niveles de recaudación.Que mediante un procedimiento similar, fueron actualizados los datos catastrales en la Provincia de Mendoza.Que asimismo, la información obrante en los archivos catastrales de la Provincia de Mendoza y de la Municipalidad de Gral. San Martín, sirven como datos comparativos del relevamiento realizado, siendo éstos utilizados para la actualización de la Base de Datos Municipal.Que a su vez, existen situaciones de desigualdad entre los sujetos pasivos de las obligaciones tributarias, producidas por la omisión de los trámites pertinentes para obtener la aprobación de los planos de las construcciones clandestinas, apartándose o no de las normas vigentes, de Ordenamiento Territorial de Uso del Suelo y del Código de Edificación Urbana.Que por ello, se otorga la posibilidad de enmarcarse en los beneficios de la presente a los propietarios de construcciones ejecutadas clandestinamente, que se hubieran efectuado sin el visado o la aprobación previa correspondiente, como así también a aquellos que habiendo iniciado los trámites pertinentes, no cuentan con la aprobación o el pago de los derechos.Que el Municipio, debe ejercer su potestad normativa para regularizar las situaciones anómalas, reafirmando su voluntad de aplicar las penalidades que correspondieran sobre aquellos que eludieran el cumplimiento de sus obligaciones.Por ello el Honorable Concejo Deliberante de Gral. San Martín, Mza., luego de analizar el citado Expte. constituido el H. Cuerpo en Comisión y en uso de sus facultades conferidas por Ley, sanciona la siguiente:ORDENANZA Nº 2.543/2012Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a actualizar la Base de Datos Catastral Municipal con los mayores valores de superficie cubierta que resultaren de...

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