Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala M, 1 de Abril de 2015, expediente CIV 006429/2014

Fecha de Resolución 1 de Abril de 2015
EmisorSala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 6429/2014 ONS, R.R. c/Q., M. Y OTROS s/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO Buenos Aires, abril 1 de 2015.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la Sra.

Defensora de Menores de la anterior instancia contra la resolución de fs. 24/25, mediante el cual se hizo lugar a la demanda de desalojo. El recurso fue mantenido por la Sra. Defensora de Menores de Cámara a fs. 70/71 y la actora contestó el traslado a fs. 83/84.

  1. En el caso, en el marco de un juicio de desalojo por falta de pago, fue trabada la litis con la locataria del inmueble quien no se presentó a contestar la demanda. A fs.21 se declaró la cuestión como de puro derecho y la rebeldía de la accionada. A fs. 24/25, con fecha 26 de junio de 2014, se dictó

    sentencia haciendo lugar a la acción de desalojo instaurada, la cual notificada a la demandada fue consentida (ver fs.33/34).

    Ante la presentación de fs.41/vta., denunciando la existencia de menores en el inmueble se dispuso la intervención de la Defensora de Menores, quien en la vista de fs.50, tomó intervención en autos en representación de los mismos y, además de solicitar medidas de protección al derecho de vivienda a favor de sus representados, apeló la sentencia recaída en autos.

  2. La resolución DGN N°1119/08 del 25/7/08 de la Defensoría General de la Nación, dispuso la necesaria intervención del Ministerio de la Defensa en los procesos de desalojo de inmuebles en los que habiten menores de edad, al momento del lanzamiento, ya sea para tratar de evitar el desalojo y en su caso, Fecha de firma: 01/04/2015 Firmado por: M.A. DE LOS SANTOS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA procurar se provea una nueva vivienda antes de que se haga efectivo el lanzamiento, toda vez que al adoptarse esta medida se verán afectados tanto la persona como los bienes de los menores.

    La finalidad de dicha intervención es la de adoptar las medidas necesarias al momento del lanzamiento, que tengan por objeto la protección integral de los derechos de los menores reconocidos en el ordenamiento jurídico.

    Al respecto se ha dicho que si bien estas directivas han sido dispuestas en orden a los desalojos y específicamente en aquellos en que el Estado es parte y en lanzamientos en el marco de investigaciones penales por el delito de usurpación, cabe en el presente juicio civil atender al sustento de su aplicación...

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