Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 5 de Febrero de 2019, expediente FSM 001293/2011/CA003
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 1293/2011/CA3, “O.C. ARGENTINA c/ E.N. - MINISTERIO DE JUSTICIA - P.N.A. s/DIFERENCIAS SALARIALES” – Juzgado Federal de Campana, Secretaria Civil Nº 1 - CFASM, SALA I, SEC.
CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO M., de febrero de 2019.
Y VISTOS: CONSIDERANDO:
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Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la resolución de Fs. 175/175Vta., en la cual el Sr. Juez “a quo”
resolvió declarar de oficio la caducidad de instancia del principal y del beneficio de litigar sin gastos.
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Se agravió la recurrente, considerando que en el caso no procedía tal declaración debido a que la inactividad del expediente dependió de un acto procesal a cargo del juzgado.
Al respecto, expuso que con fecha 14/9/2017 la causa se encontraba conclusa para definitiva y su parte había solicitado el pase a sentencia, no quedando ninguna carga procesal a su cargo.
Además, expresó que la caducidad del beneficio de litigar sin gastos tendría que haber sido resuelta en su propio expediente y no en forma conjunta, ya que tramitaban en forma separada.
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Es dable recordar que la caducidad de instancia es un instituto procesal que tiende a sancionar la falta de diligencia o actividad de los litigantes, y su fundamento radica en la necesidad de evitar la duración indeterminada de los juicios (esta Sala, causas 139/95, 645/00, 2142/11 y 2395/11, R..
Fecha de firma: 05/02/2019 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.J.S., PROSECRETARIO DE CÁMARA -INTERINO-
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA #8921866#225342120#20190204130040263 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 1293/2011/CA3, “O.C. ARGENTINA c/ E.N. - MINISTERIO DE JUSTICIA - P.N.A. s/DIFERENCIAS SALARIALES” – Juzgado Federal de Campana, Secretaria Civil Nº 1 - CFASM, SALA I, SEC.
CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO el 16/3/95, 1/6/00, 22/11/11 y 26/2/13, respectivamente). Es por ello que las partes tienen la carga de impulsar el proceso para ponerlo en condiciones de ser decidido, pues, a partir de allí, concluye tal obligación para los litigantes. Si bien su interpretación, conforme reiterada e inveterada jurisprudencia, debe ser restrictiva, de por si no puede conducir a desvirtuar las disposiciones legales en esta materia, debiendo en cada caso meritarse las circunstancias del expediente.
El Alto...
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